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El sindicato como cualquier otra asociación requiere de ciertos requisitos y pasos procedímentales tendientes a adquirir supersonalidad jurídica, con la cual el sindicato adquiere la capacidad para ejecutar en forma valida actos procésales y poder ser parte como demandante o demandado por si mismo o representación de susagremiados, en los juicios en que el o estos últimos tengan intereses.
Artículo 420. Los sindicatos que aspiren a organizarse regional o nacionalmente deberán registrarse ante la Inspectoría Nacional delTrabajo.
Los sindicatos que se organicen local o estadalmente deberán registrarse ante la Inspectoría del Trabajo de la jurisdicción.
Artículo 421. A la solicitud de registro de un sindicato seacompañará la copia del acta constitutiva, el ejemplar de los estatutos y la nómina de miembros fundadores a que se refieren los artículos 422, 423 y 424 de esta Ley, los cuales deberán ir firmados por todoslos miembros de la junta directiva en prueba de su autenticidad.
Artículo 436. La condición de miembro de un sindicato se perderá:
a) Por las causas previstas en losestatutos;
b) En los sindicatos profesionales, de industria y sectoriales, por falta de ejercicio voluntario durante seis (6) meses consecutivos, de la respectiva profesión u oficio o separación de laindustria o rama económica respectiva. De esta norma se exceptuarán aquellos miembros que ocupen un cargo en la directiva mientras permanezcan en él y hasta por seis (6) meses después de su separación, ylos que presten servicios en la organización y funcionamiento de cooperativas;
c) En los sindicatos de empresa, por separación del trabajo al cumplirse tres (3) meses de ésta;
d) Por renuncia; o
e)Por ingresar en otro sindicato con objeto igual o incompatible. Los estatutos deberán prever los derechos que correspondan en las instituciones de carácter social al miembro que deje de pertenecer...
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