invetigacion
Este informe tiene su origen en diversas notas de prensa que en los meses de julio, agosto y septiembre de 2007publicaron varias asociaciones del sector alimenticio con el fin de alertar a la sociedad sobre la subida del coste de determinadas materias primas. En todas las notas se cuantificaban estos incrementos, sesubrayaba su carácter estructural y se expresaba la idea de que ello iba a tener un impacto sobre el precio final de los alimentos.
Varias de estas asociaciones estaban gestionadas por una mismaentidad, denominada FIAB, la cual se creó en 1977 para representar, a través de un único organismo y una sola voz, a la industria española de alimentación y bebidas. En vista de ello, la Dirección deInvestigación realizó una inspección en esta entidad, así como en la sede de CEOPAN.
OCU destaca en su denuncia que los anuncios en prensa, actúan como recomendación colectiva en el seno de cada asociacióny como estrategia organizada del conjunto de las asociaciones, las cuales son prácticas prohibidas por el artículo 1 de la LDC.
La Ley de Defensa de la Competencia notificó a los interesados paraque, en el plazo de 15 días, formularan las alegaciones que tuvieran convenientes, pudiendo contener la solicitud de celebración de vista.
Finalmente, el Consejo ha decidido sancionar a las distintasasociaciones como responsables de la conducta con una serie de multas.
OPINIÓN PERSONAL:
La infracción existe desde el momento en que se realiza una recomendación colectiva cuyo objetivo se haprobado anticompetitivo, es decir, prohibido según la Ley de Defensa de la Competencia. Por ello no esta bien visto este tipo de actuaciones ya que se incumple la ley. Pero, por otro lado, consideramosque fue debido a una buena causa ya que lo que intentaban era informar a la sociedad de lo que estaba ocurriendo y el por qué de esa continuada subida de precios.
Deberían informar continuamente a...
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