Invima Cosmeticos Fecha De Vencimiento Circular_externa_10000138_2004
DE :
PARA:
SUBDIRECCIÓN DE REGISTROS SANITARIOS –
INSTITUTO DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y
ALIMENTOS –INVIMA
USUARIOS
ASUNTO:
FECHA DEVENCIMIENTO DE LOS PRODUCTOS
COSMÉTICOS.
_________________________________________________________
El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos INVIMA comoinstitución del Estado, en cumplimiento del deber, se permite notificar que para
los productos cosméticos no es obligación indicar en los textos de etiquetas
y empaques la vida útilo fecha de vencimiento, por cuanto en el articulo 28
del Decreto 219 de 1998, se menciona que éste requisito se establecerá con
base en las exigencias definidas por lasinstituciones que menciona el mismo y
aún están sin definir.
Igualmente, el articulo 22 de la Decisión 516 de la Comunidad Andina de
Naciones (CAN), normatividad vigente en materia decosméticos establece que
los responsables de la comercialización podrán recomendar en el envase,
etiqueta o prospecto, el plazo adecuado de consumo de acuerdo con la vida útildel producto cosmético, cuando estudios científicos así lo demuestren.
No obstante, lo anterior no exime al laboratorio fabricante de tener en planta en
el momento de la visitaefectuada por el Instituto, el reporte de análisis del
producto terminado realizados en un periodo determinado(lote piloto),
garantizando que se conservan las propiedades delproducto desde su
fabricación inicial, ya que este es un requisito indispensable para la información
que se presenta ante el INVIMA para la obtención de Registro Sanitario oNotificación Sanitaria Respectiva.
__________________________________
JULIO CESAR ALDANA BULA
DIRECTOR GENERAL
Proyectó Ana Milena Heins
Vo Bo Subdirección de Registros Sanitarios
Regístrate para leer el documento completo.