ITBIS
Es un impuesto general al consumo tipo valor agregado que se aplica a la transferencia e importación de bienes industrializados, así como a la prestación de servicios.¿Quiénes son responsables por este impuesto?
Las Personas Físicas (profesionales liberales, negocios de único dueño) y Personas Jurídicas (SRL, EIRL y No Lucrativas Privadas), nacionales o extranjerasque realicen transferencias, importaciones o prestación de servicios gravados.
Las empresas públicas y privadas, que realicen o no actividades gravadas, y estén en la obligación de realizarretenciones al ITBIS involucrado en los servicios que les son prestados por Personas Físicas, así como cuando paguen las prestaciones de servicios profesionales liberales y de alquiler de bienes muebles aotras sociedades con carácter lucrativo o no.
Tasa del Impuesto
Este impuesto se aplicará sobre las transferencias gravadas y/o servicios prestados con una tasa de un 18% para los años 2013 y2014, para el año 2015 se reducirá a un 16%.
Fecha de presentación y pago
La declaración y pago de este impuesto deberá realizarse en el transcurso de los primeros 20 días del mes siguiente alperíodo declarado (Por Ej.: El mes de enero debe presentarse y pagarse antes del 20 de febrero). En la importación, se paga conjuntamente con los aranceles o impuestos aduaneros.
¿Qué pasa si pagodespués de la fecha establecida?
Si paga después de la fecha límite, se le aplicará un 10% de recargo por mora sobre el valor del impuesto, por el primer mes o fracción de mes, y un 4% progresivo eindefinido por cada mes o fracción de mes subsiguiente, además de un 1.73% acumulativo de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.
Nota: El incumplimiento de los deberes formales talescomo la no presentación de la Declaración Jurada, suministrar información falsa o inexacta, entre otros, se penaliza con multas de cinco (5) a treinta (30) salarios mínimos.
Operaciones del...
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