Iva Bolivia
• En forma habitual se dediquen a la venta de bienes muebles
• Realicen en nombre propio pero por cuenta de terceros venta de bienes muebles
• Realicen a nombre propioimportaciones definitivas
• Realicen obras, presten servicios o efectúen prestaciones de cualquier naturaleza
• Alquilen bienes muebles y/o inmuebles
• Realicen operaciones de arrendamiento financierocon bienes muebles
Nacimiento del Hecho Imponible
• En el caso de ventas, sean al contado o crédito, en el momento de la entrega del bien.
• En contratos de obras, prestación de servicios, otrasprestaciones, desde el momento que finalice la ejecución o prestación, o desde la percepción total o parcial del precio, el que fuere anterior.
• En contratos de obras de construcción, a lapercepción de cada certificado de avance de obra, en otros casos por cada pago parcial o total.
• En el momento del despacho aduanero en importaciones definitivas.
• En arrendamiento financiero, alvencimiento de cada cuota y en el pago final del saldo al formalizar la opción de compra
Loading...
Excenciones
Los bienes importados por miembros del cuerpo diplomático acreditado en el País, opersonas y entidades o instituciones que tengan dicho status de acuerdo a disposiciones vigentes.
Base Imponible
• Será el precio de venta de bienes muebles, de los contratos de los contratos deobras y prestaciones de servicios, consignados en la factura.
• Son integrantes del precio neto gravado, los servicios prestados como ser: transporte, limpieza, embalaje, seguro, etc.
• Lasimportaciones definitivas: valor CIF mas aduana + Gac + otras erogaciones.
• No integran el precio neto gravado los tributos consignados como ser: el impuesto l consumo especifico, y el impuesto especial alos hidrocarburos y sus derivados.
Débito Fiscal
• Surgirá de la aplicación de la alícuota vigente, sobre los importes de la factura, notas fiscales o documentos equivalentes emitidos en el mes...
Regístrate para leer el documento completo.