Iva exepciones
TE INTERESA SABER… LA EXENCIÓN DEL IVA EN LAS ASOCIACIONES
El Impuesto sobre el Valor Añadido es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava, en la forma y condiciones previstas en esta Ley, las siguientes operaciones: • • • Las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios o profesionales. Las adquisicionesintracomunitarias de bienes. Las importaciones de bienes.
Es decir, grava las transacciones económicas, y está destinado a ser soportado por los consumidores finales. Se entiende por consumidor final cualquier persona física o jurídica que no realice actividades económicas. Esto significa que las personas físicas o jurídicas que realicen actividades económicas, además de pagar IVA en sus compras, cobranIVA en sus ventas, salvo que se tenga concedida alguna exención, de manera que al finalizar un trimestre hallan la diferencia entre lo cobrado y lo pagado. Si la diferencia es positiva se la ingresa a Hacienda y si es negativa reclama su devolución. Prácticamente todas las Asociaciones y Fundaciones deberían estar dadas de alta en algún epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas en función desu actividad económica, por tanto, las Entidades podrán y deberán cobrar IVA en sus facturas y a la finalización de cada trimestre, salvo que se tenga concedida alguna exención en el cobro de IVA, saldarán sus cuentas con Hacienda. Si por cualquier causa, nuestra entidad no estuviera dada de alta en algún epígrafe del IAE, no podrá emitir facturas, por tanto no cobrará IVA y, lógicamente, alactuar como consumidor final, no podrá deducirse el IVA soportado en sus compras. Una tercera opción es que en la Entidad convivan actividades económicas con actividades no consideradas económicas, con lo que sólo podríamos, en nuestras declaraciones trimestrales, incluir los ingresos con factura relativos a las actividades económicas y los gastos con factura relativos a dicha actividad económica. Eneste caso se aplica la llamada Regla de Prorrata. En cualquier caso, existe una serie de exenciones al cobro del IVA, nunca al pago, que conviene conocer.
Exenciones
La exención de IVA significa que podemos realizar facturas sin cobrar el IVA correspondiente y, por tanto, no deberemos realizar ni declaraciones trimestrales ni resúmenes anuales, ni podremos deducirnos el IVA soportado ennuestras compras. Por esta razón, habrá ocasiones en que resulte interesante obtener esta exención (cuando
El SERVICIO DE ASESORÍA es un recurso que el Consejo de la Juventud de España pone a disposición de las entidades juveniles con la colaboración de ADEIA SOCIEDAD COOPERATIVA MADRILEÑA, constituida hace más de 12 años con el fin de prestar servicios a personas y entidades en los siguientesámbitos: servicios jurídicos, consultoría empresarial y formación y proyectos.
SERVICIO DE ASESORÍA
vayamos a cobrar más IVA del que pagamos), pero en otras no (cuando vayamos a cobrar menos IVA del que pagamos). Antes de pasar a ver cuales son las principales exenciones en el IVA, es interesante, a título de aclaración, definir que se considerara entidad o establecimiento de carácter social. Seránaquellas en las que concurran los siguientes requisitos:
1º. Carecer de finalidad lucrativa y dedicar, en su caso, los beneficios eventualmente obtenidos al desarrollo de actividades exentas de idéntica naturaleza. 2º. Los cargos de presidente, patrono o representante legal deberán ser gratuitos y carecer de interés en los resultados económicos de la explotación por sí mismos o a través depersona interpuesta. 3º. Los socios, comuneros o partícipes de las entidades o establecimientos y sus cónyuges o parientes consanguíneos, hasta el segundo grado inclusive, no podrán ser destinatarios principales de las operaciones exentas ni gozar de condiciones especiales en la prestación de los servicios.
Las entidades o establecimientos de carácter social deberán solicitar el reconocimiento de...
Regístrate para leer el documento completo.