iva mas iva variado
Vencimientos de IVA empiezan mañana, tenga
en cuenta la nueva periodicidad
Para las declaraciones cuatrimestrales, se deberá utilizar el mismo formulario de
IVA (Formulario 300),sólo debe marcar la periodicidad en la casilla 24.
Declaraciones presentadas en fechas diferentes a las establecidas, se entenderán
como no realizadas, generando sanciones.
A partir de mañana 09 demayo, estarán disponibles los medios electrónicos para
la declaración y el pago de este impuesto.
Bogotá, D.C., 08 de mayo de 2013. La Ley 1607 de 2012 (Reforma Tributaria),
estableció que elperiodo gravable del impuesto al valor agregado (IVA) será
bimestral, cuatrimestral o anual, dependiendo de los ingresos brutos que haya
obtenido el contribuyente, al 31 de diciembre del año gravableanterior.
Si usted es responsable del IVA, es necesario que revise a qué grupo corresponde
haciendo la declaración y pago en las fechas establecidas para no ser sancionado, ni
incurrir en interesesde mora.
LAS NUEVAS PERIODICIDADES
FUENTE: DIRECCIÓN DE GESTIÓN DE INGRESOS-DIAN
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Tengan en cuenta las siguientes recomendaciones
Quienes estando obligados a la periodicidadcuatrimestral o anual y
presentaron declaración bimestral en marzo, esta declaración no tiene efecto
legal.
Quienes estén obligados a la periodicidad cuatrimestral deberán presentar la
declaración enmayo incluyendo las operaciones correspondientes al periodo
enero-abril y pagar la diferencia frente a lo que canceló en marzo.
Quienes están obligados a realizar la declaración y el pago anualdeberán
presentar la declaración en el mes de enero de 2014, sin embargo, en mayo de
este año deberán cancelar el 30% de ese impuesto. Ese valor resultará de
aplicar el 30% a la sumatoria de lossaldos a pagar de los bimestres 1, 2, 3, 4,
5 y 6 de 2012.
Evite que se causen sanciones por extemporaneidad, así como interés de
mora.
Para las declaraciones bimestral, cuatrimestral, o anual se...
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