Iva Region Fronteriza
¿ No residentes en la región fronteriza , causa IVA al 11%?
Una persona fisica que con domicilio fiscal en el Estado de México, me rentaun local en la ciudad de Cancún Quintana Roo, trasladandome un IVA al 16%.
¿Es correcta esta facturación?
¿no deberia trasladarme el IVA al11%?
El art 2 de la LIVA dice:
Artículo 2o.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 10% a los valores que señala esta Ley, cuando losactos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, se realicen por residentes en la región fronteriza, y siempre que la entrega material delos bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en la citada región fronteriza.
La ley te habla de 2 condicionantes para aplicar el IVAal 11%, que la actividad sea realizada por residentes en la región fronteriza, causal que de primera vista no se cumple y que la actividad se lleveen la citada región... causal que si se cumple.
RIVA ARTÍCULO 5 A quiénes se considera residentes en la región fronteriza
Para los efectosdel artículo 2o.de la Ley, se consideran residentes en la región fronteriza:
I. Los contribuyentes con uno o varios locales o establecimientos endicha región, por las actividades que realicen en dichos lugares, y
Concluyendo, No aplica la traslación del IVA al 11%, en virtud de que elcontribuyente no es residente en la región fronteriza, sino que el domicilio fiscal se ubica en el Estado de México, por ende aplica el traslado al 16%
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