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IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS
(Reemplazado por el Decreto Ley Nº 1.606, publicado en el Diario
Oficial de 3 de Diciembre de 1976, conservando su mismo número y
Actualizado hasta el 27 de enero de 2011)
Núm. 1.606.- Santiago, 30 de Noviembre de 1976. Vistos: lo dispuesto en los Decretos Leyes Nºs. 1 y 128, de 1973; 527, de 1974 y 991, de 1976,la Junta de Gobierno de la República de Chile ha acordado dictar el siguiente.
INTRODUCCION
Como cuestión previa al estudio del Impuesto a las Ventas y Servicios, es necesario analizar su génesis y principales hitos.
HISTORIA
DEL IMPUESTO A LAS VENTAS Y SERVICIOS
EN CHILE
El impuesto a las ventas de bienes corporales muebles, concebido como un tributo general a los bienes de dichanaturaleza producidos y/o enajenados por las empresas, data en Chile desde 1954, año en que la Ley Nº 11.575 estableció un gravamen plurifásico de carácter acumulativo o en cascada, con una tasa general del 3% y una especial del 10% para la transferencia de ciertas especies suntuarias taxativamente señaladas en la ley.
Las disposiciones anteriores estuvieron vigentes hasta la promulgación dela Ley Nº 12.084, de 18 de agosto de 1956, que en su artículo 1º aprobó el nuevo texto de la Ley sobre Impuesto a las Compraventas y otras Convenciones, texto que, en conformidad con la facultad concedida al Presidente de la República por el artículo 7º transitorio de la Ley Nº 12.084 mencionado, fue publicado en forma independiente, con fecha 30 de octubre de 1956, con numeración de ley,correspondiéndole el Nº 12.120.
La principal modificación introducida por la Ley Nº 12.120, de 1956, al Impuesto a las Compraventas establecido por la Ley Nº 11.575 consistió en extender el campo de la imposición, ya que el gravamen pasó a aplicarse a todas las convenciones, nominadas o no, que sirvieran para transferir el dominio de bienes corporales muebles y no solamente al contrato de compraventa,como ocurría bajo el imperio de la legislación anterior.
La Ley Nº 12.120, de 1956, estableció, además, un sistema orgánico de disposiciones relativas a la aplicación y fiscalización del tributo, creando un registro obligatorio para todos los contribuyentes afectos al gravamen y estableciendo procedimientos especiales, tanto para las determinaciones del de impuesto realizadas por la DirecciónGeneral de Impuestos Internos, como para las reclamaciones de los contribuyentes.
La Ley Nº 12.120, de 1956, fue objeto desde su publicación de numerosas modificaciones, gran importancia tuvo la Ley Nº 16.466, de 29 de abril de 1966, que en su artículo 33º, reemplazó el texto completo de la Ley Nº 12.120, de 1956, y sus modificaciones posteriores por un nuevo texto, y cuya principal modificaciónconsistió en la incorporación a este cuerpo legal del Impuesto a la Cifra de Negocios contenido con anterioridad a la fecha de publicación de la Ley Nº 16.466 en el Decreto Supremo Nº 2.772, de 18 de agosto de 1943. Este tributo quedó incorporado en el Título II de la nueva Ley Nº 12.120, de 1956, bajo la denominación de Impuesto a los Servicios.
En materia de compraventa, el nuevo texto noinnovó fundamentalmente en relación con el hecho gravado del tributo, manteniéndose, en términos generales, igual que en la Ley de 1956. Las principales modificaciones dicen relación, por consiguiente, con la incorporación a las tasas de ciertos recargos vigentes con anterioridad, con la eliminación de algunas tasas y con el establecimiento de otras especiales para la primera transferencia de algunosproductos gravados anteriormente con impuesto especiales, que son derogados por el nuevo texto.
También merecen citarse, por su importancia, las disposiciones de la nueva Ley que aclaran y precisan la aplicación del impuesto a los contratos de instalaciones o confección de especialidades y a las adjudicaciones y devoluciones de aportes efectuadas en liquidaciones de sociedades y comunidades,...
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