jalea de piña
2.- El principio de limitación.- En el Estado de Derecho se ejerce, sin excepción alguna, un poderlimitado, circunscrito por las leyes. No hay poderes absolutos o totales, ese concepto es contrario al sistema. El principio de sujeción se concreta en el de limitación. Las potestades públicas son regladasy muy excepcionalmente discrecionales. Incluso la discrecionalidad -esto es, la opción de que el Gobierno elija entre varias alternativas-, opera exclusivamente entre las posibilidades que marca laLey. No hay, por tanto, discrecionalidad absoluta o abierta, ni en el orden gubernativo, ni en el ejercicio de la administración pública. Ni siquiera el legislador puede obrar sin reglas.
3.- Elprincipio de legalidad.- Es precepto básico según el cual desde el poder solo se puede hacer aquello que está expresamente mandado por la Constitución o la Ley. Esto es lo que podría llamarse el'principio de atribución de potestades', lo que significa que los gobernantes y los funcionarios no tienen, en realidad, 'derechos', en el sentido filosófico y civil del término, porque los derechos inmanentessolo corresponden a las personas naturales, a los seres humanos, en virtud de su dignidad. Los mandatarios y los diputados comunes o constituyentes, tienen apenas 'facultades' transitorias,revocables y condicionadas, derivadas de una norma legal que les atribuye o asigna tal poder. Esas facultades no pueden lesionar jamás los derechos fundamentales.
4.- El principio de motivación.- El...
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