jhon watson
LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO
Artículo 42.- Culminación del contrato
Los contratos de bienes y servicios culminan con la conformidad de recepción de la última prestación pactada y el pagocorrespondiente.
Tratándose de contratos de ejecución o consultoría de obras, el contrato culmina con la liquidación y pago correspondiente, la misma que será elaborada y presentada a la Entidad porel contratista, según los plazos y requisitos señalados en el Reglamento, debiendo aquélla pronunciarse en un plazo máximo fijado también en el Reglamento bajo responsabilidad del funcionariocorrespondiente.
De no emitirse resolución o acuerdo debidamente fundamentado en el plazo antes señalado, la liquidación presentada por el contratista se tendrá por aprobada para todos los efectos legales.El expediente de contratación se cerrará con la culminación del contrato.
Artículo 43.-Requisitos especiales en los contratos de obra
Para efectos de la ejecución de los contratos de obra, elReglamento establecerá los requisitos que debe cumplir el ingeniero o arquitecto colegiado residente designado por el contratista y el inspector designado por la Entidad o el supervisor contratado porla Entidad, así como las características, funciones y las responsabilidades que éstos asumen. Asimismo, el Reglamento establecerá Ley de contrataciones de estado las características del cuaderno deobra y las formalidades para la recepción de obras y liquidación del contrato.
Artículo 44.- Resolución de los contratos
Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, sin responsabilidad deninguna de ellas, en caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite de manera definitiva la continuación del contrato.
Cuando se resuelva el contrato, por causas imputables a alguna de las partes, sedeberá resarcir los daños y perjuicios ocasionados.
En caso de resolución de contrato de obra y de existir saldo de obra por ejecutar, la Entidad contratante podrá optar por culminar la obra...
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