Jimenez
Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez, el Instituto otorgará a sus beneficiarios, conforme a lo dispuesto en el presente capítulo, las siguientes prestaciones:
1. Pensión de viudez;
2. Pensión de orfandad;
En caso de fallecimiento de un asegurado, las pensiones a que se refieren las fracciones I, II y III de este artículo se otorgarán por lainstitución de seguros que eligan los beneficiarios para la contratación de su renta vitalicia. A tal efecto, se deberán integrar un monto constitutivo en la aseguradora elegida, el cual deberá ser suficiente para cubrir la
pensión, las ayudas asistenciales y las demás prestaciones de carácter económico previstas en este capítulo.
Para ello, el Instituto Mexicano del Seguro Social otorgará una sumaasegurada que, adicionada a los recursos acumulados en la cuenta individual del trabajador fallecido, deberá ser suficiente para integrar el monto constitutivo con cargo al cual se pagará la pensión, las ayudas asistenciales y las demás
prestaciones de carácter económico previstas en este capítulo, por la institución de seguros.
Cuando el trabajador fallecido haya tenido un saldo acumulado en sucuenta individual que sea mayor al necesario para integrar el monto constitutivo para contratar una renta que sea superior a la pensión a que tengan derecho sus beneficiarios, en los términos de este capítulo, estos podrán retirar la suma excedente en una sola exhibición de la cuenta individual del trabajador fallecido, o contratar una renta por una suma
mayor.
La renta vitalicia se sujetará a lodispuesto en el artículo 159 fracción IV de esta Ley. En caso de fallecimiento por una pensión de riesgos de trabajo, invalidez, retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, las pensiones a que se refieren las fracciones I, II, y III de este artículo se otorgarán con cargo al seguro de sobrevivencia que haya contratado el pensionado fallecido. En caso de que el saldo de la cuenta individual deltrabajador fallecido sea superior al monto constitutivo necesario para contratar el seguro de renta vitalicia los beneficiarios podrán optar por:
1. Solicitar se les devuelva en una sola exhibición el excedente sobre el monto constitutivo.
2. Contratar una renta vitalicia por una cuantía mayor.
3. Aplicar el excedente a un pago de sobreprima para incrementar los beneficios del seguro desobrevivencia.
ARTICULO 128
Son requisitos para que se otorguen a los beneficiarios las prestaciones contenidas en el artículo anterior, las siguientes:
1. Que el asegurado al fallecer hubiese tenido reconocido el pago al Instituto de un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales, o bien que se encontrara disfrutando de una
pensión de invalidez
2. Que la muerte del asegurado o
pensionado porinvalidez no se deba
a un riesgo de trabajo
ARTICULO 129
También tendrán derecho a pensión los beneficiarios de un asegurado fallecido por causa distinta a un riesgo de trabajo que se encontrara disfrutando de una pensión por incapacidad permanente derivada de un riesgo igual, si aquél tuviera acreditado el pago al Instituto de un mínimo de ciento cincuenta cotizaciones semanales y hubiese causadobaja en el régimen obligatorio, cualquiera que fuere el tiempo transcurrido desde la fecha de su baja.
Si el asegurado disfrutaba de una pensión de incapacidad permanente total y fallece por causa distinta a un riesgo de trabajo, sin cumplir el requisito del párrafo anterior sus beneficiarios tendrán derecho a pensión, si la que gozó el fallecido no tuvo una duración mayor de cinco años.ARTICULO130
Tendrá derecho a la pensión de viudez la que fue esposa del asegurado o pensionado por invalidez.
A falta de esposa, tendrá derecho a recibir la pensión, la mujer con quien el asegurado o pensionado por invalidez vivió como si fuera su marido, durante los cinco años que precedieron inmediatamente a la muerte de aquél, o con la que hubiera tenido hijos, siempre que ambos hayan permanecido...
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