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Nombre: Andrea cuevas flores
Fecha: 28/05/2014
INTRODUCCIÓN
La presente ley regula el principio de transparenciade la función pública, el derecho de acceso a la información de los órganos de la Administración del Estado, los procedimientos para el ejercicio del derecho y para su amparo, y las excepciones a lapublicidad de la información. Respetar y cautelar la publicidad de los actos, resoluciones, procedimientos así como las de sus fundamentos y en facilitar el acceso de cualquier persona a esainformación.
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sinconsideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito, o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento a su elección. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puedeestar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias para asegurar: a) El respeto a los derechos o la reputación de losdemás, o b) La protección de la Seguridad Nacional, el orden público o la salud o la moral públicas.
No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como elabuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas, o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualquier otro medio encaminado aimpedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones.
En su dimensión social la libertad de expresión es un medio para el intercambio de ideas e informaciones y para la comunicación masivaentre los seres humanos. Así como comprende el derecho de cada uno a tratar de comunicar a los otros sus propios puntos de vista implica también el derecho de todos a conocer opiniones y noticias....
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