jConstitución de 1864: Sancionada por la Asamblea Constituyente en Caracas el 28 de marzo de 1864 y promulgada en Santa Ana de Coro por el general en jefe y presidente de la República, JuanCrisóstomo Falcón el 13 de abril de 1864 y refrendada por los ministros en Caracas el 22 del mismo mes y año. Es una de las principales constituciones de Venezuela, ya que, aunque su vigencia es de apenas 10años, constituye por lo menos en su texto, una transformación del sistema constitucional venezolano al establecer la forma federal del Estado, que no obstante no haberse aplicado en la realidad, negadaquizás por ésta, ha sido formalmente la estructura del Estado venezolano y se podría decir que toda la evolución constitucional y política posterior de Venezuela ha sido el desmontaje del sistemafederal, ya en la práctica, ya en la normativa, pero quedando siempre en todas las constituciones posteriores unas reminiscencias o reliquias federales. Debe notarse que la Constitución de 1864 en el fondolo que hace es acentuar la descentralización político territorial contenida en la Carta de 1858 y ponerle nombre, esto es, llamarla "federal". Sus características fundamentales son las siguientes: 1)Aumenta la autonomía de las provincias, que reciben además el nombre de estados y con ello el de la República, que viene a llamarse Estados Unidos de Venezuela que dura hasta la constitución de 1953.La autonomía abarca gobierno político, la administración de justicia y todo lo concerniente a las cuestiones locales y a la organización municipal; sin embargo, separándose del modelo norteamericanoy acercándose al suizo, mantiene la unidad de la legislación sustantiva civil y criminal, se niega el derecho de intervención del poder nacional en las contiendas internas de cada estado federado, locual acercaba en este punto la organización del Estado a la idea de confederación; 2) crea un tribunal supremo de la federación, denominado Alta Corte Federal, que venía a ser un tribunal...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.