Jorge

Páginas: 7 (1591 palabras) Publicado: 30 de noviembre de 2012
Cuadro Comparativo
Régimen Especial: Trabajador a Domicilio
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Ing. / Abg. Jorge Luis Suárez Campos
Texto inalterado
Texto agregado
Texto incongruente

LOT (1997) | LOTTT (2012) |
Artículo 291. Toda persona que en su habitación, con ayuda de miembros de su familia o sin ella, ejecuta un trabajo remunerado bajo la dependencia de uno ovarios patronos pero sin su vigilancia directa, utilizando materiales y instrumentos propios o suministrados por el patrono o su representante, es trabajador a domicilio y estará amparado por las disposiciones contenidas en los artículos siguientes. | Artículo 209. Es toda persona que en su hogar o casa de habitación ejecuta un trabajo remunerado, con o sin ayuda de sus familiares, bajo la dependenciade uno o varios patronos o patronas, sin su supervisión directa, y utiliza para ello materiales e instrumentos propios, suministrados por el patrono o patrona o su representante, y está amparado por las disposiciones contenidas en el presente Capítulo. Estos trabajadores o trabajadoras gozan de las los derechos relativos a la seguridad social.Una ley especial, elaborada con amplia participación delossujetos de la relación laboral, regulará lo correspondiente altrabajo a domicilio, en el marco de la justicia social y delproceso social de trabajo. |
Artículo 292. A los efectos del artículo anterior, se entenderá por miembros de la familia del trabajador a domicilio toda persona ligada al mismo por parentesco de consanguinidad, de afinidad o de adopción, que conviva con él y se encuentre asu cargo. | Articulo suprimido en el nuevo texto legislativo |
Artículo 293. Cuando una persona, con cierta regularidad o de manera habitual, vende a otra materiales a fin de que ésta los elabore o confeccione en su habitación para luego adquirirlos por una cantidad determinada, se considera patrono y la otra trabajador a domicilio. | Artículo 210. Se considerará patrono o patrona, a la personanatural o jurídica que se beneficie o contrate directa o indirectamente al trabajador o la trabajadora a domicilio y, enconsecuencia, estará obligado al pago de todos los derechos yobligaciones establecidos en esta ley. El patrono o patrona deberá cumplir con el pago de la remuneración pactada, pagosde días domingos y feriados (ver Art 294 Ley derogada Mens Legis), así como la participación delos beneficios de la entidad de trabajo, vacaciones y prestacionessociales.También se considerará patrono o patrona a la persona natural o jurídica que habitualmente o con cierta regularidad suministre o venda, a un trabajador o trabajadora materiales a fin de que ésta o éste los manufacture o confeccione un producto en su habitación, y a cambió de ello le entregue una remuneración determinada. Eneste caso la persona natural o jurídica considerada patrono o patrona responderá por las obligacioneslaborales previstas en esta Ley. |
Artículo 294. A los trabajadores a domicilio, dada la naturaleza especial de sus labores, no se les aplicarán las disposiciones de esta Ley sobre jornada de trabajo, horas extraordinarias y trabajo nocturno. | Artículo 211. Los trabajadores y trabajadoras adomicilio se regirán por los límites de la jornada laboral, y tienen el derechoal disfrute y al pago de los días de descanso semanal establecidos en esta Ley. |
Artículo 295. El salario del trabajador a domicilio no podrá ser inferior al que se pague por la misma labor, en la misma localidad y por igual rendimiento, al trabajador que presta servicios en el local del patrono. | Artículo 212. Elsalario del trabajador o trabajadora a domicilio no podrá ser inferior al que se pague por la misma labor en la misma localidad por igual rendimiento al trabajador o trabajadora que preste servicio en la entidad de trabajo o local del patrono o patrona.En los casos en los que el patrono o la patrona contrate únicamente trabajadores o trabajadoras a domicilio, para fijar el importe del salario deberá...
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