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Dada la inseguridad personal a la que nos encontramos sometidos todos los ciudadanos, algunos justifican el cierre de las calles y avenidas que dan acceso a sus residencias ocasas de habitación. Sin embargo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone en el artículo 50: "Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorionacional... trasladar sus bienes...". Es el derecho al libre tránsito recogido asimismo por la Ley de Transporte Terrestre y la mayoría de las ordenanzas municipales.
Atendiendo lo anterior, lasalcaldías otorgan permisos para la construcción de garitas o casetas de vigilancia pero siempre que ellas tengan la presencia de un vigilante o personal contratado para la seguridad, ya que esinconstitucional cerrar las calles de forma absoluta, permanente o completa. Y es que el derecho a la vida es primordial; no es lícito ejercer un derecho violando otro. De manera que es errado sostener que:por ser una costumbre el cierre de las calles en Venezuela, entonces, todos pueden hacerlo. Quien así actúe, se expone a que la persona ofendida (víctima) tome acciones en su contra.
Todo loexpuesto significa que cualquier ciudadano, habite o no en la calle en cuestión, podría demandar haciendo uso del amparo constitucional por la violación flagrante de sus derechos consagrados en nuestraCarta Magna. El objeto es solicitar que le restituyan el libre acceso o tránsito de la vía pública. Por último, en segunda opinión legal emitida por abogados en Venezuela, se hizo constar que por ser...
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