Jueces de control
(PRÁCTICA INCONSTITUCIONAL DE LAS AUTORIDADES MEXICANAS)
Por Heivar Pelayo
En México el crimen ha alcanzado tasas cada vez más altas siendo de los temas más
preocupantes enla actualidad. Ello responde (en la mayoría de los casos) por la
corrupción de las autoridades encargadas de la administración y procuración de justicia,
la ineficaz prevención general (FEUER-BACH)y especial de la pena (VON LISZT), la
sobrepoblación existente en las cárceles mexicanas que solo en la ciudad capital para el
año dos mil siete alcanzan 33 mil individuos, la cárcel como factor dereproducción del
crimen, la influencia de las Organizaciones Delictivas de los Estados Unidos de
Norteamérica y la brecha, cada vez más profunda entre la gente de mayores ingresos y
la poblaciónllamada pobre.
Por desgracia en los últimos años en México la autoridad encargada de la investigación
y persecución de los delitos (Ministerio Público), así como de las encargadas de laadministración de la justicia (Juez) han venido utilizando con mayor frecuencia,
detenciones (arraigo) fuera de los supuestos establecidos por la Constitución Política.
Dichas detenciones (arraigo) según lasautoridades mexicanas, se sustentan en el temor
de que el inculpado o probable responsable se sustraiga de la justicia Mexicana y a su
vez, en que la autoridad investigadora realice las diligencias queacrediten la
responsabilidad del individuo en la comisión del delito por el que es señalado como
probable responsable. La petición del agente del ministerio publico investigador se
funda y motivaen lo establecido por el articulo Artículo 270 bis del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito Federal en México, que a continuación se
transcribe para mejor referencia:
Artículo 270 bisdel Código de Procedimientos Penales para el Distrito
Federal.-
Cuando con motivo de una averiguación previa el ministerio publico
estime necesario el arraigo del indiciado, tomando en cuenta las...
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