JUICIO CIVIL No 957 2014 reurso revocacion
C. JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE
PRIMERA INSTANCIA EN LA CIUDAD
DE PANUCO, VERACRUZ.
PRESENTE.
JOSE DAVID VILLALPANDO SALINAS, con la personalidad acreditada en losautos del juicio al rubro citado, respetuosamente comparezco y expongo lo siguiente:
Que vengo por medio del presente escrito, estando en tiempo y forma; y en términos de los artículos 506 y 507 delCódigo de Procedimientos Civiles en vigor, vengo a promover el Recurso de Revocación en contra del auto de fecha 22 de mayo del año 2015, notificado el 25 de mayo de 2015, de acuerdo a las siguientesconsideraciones de hechos y de derecho:
AGRAVIOS.
1.- Lo causa el acuerdo de fecha 22 de mayo de 2015, en el apartado de pruebas de la parte demandada MARTHA LUISA SANCHEZ FORNUE, en donde se desechael informe ofrecido como prueba marcada con el número arábigo 2 de la contestación de demanda, toda vez que el acuerdo que se combate establece que se desecha con fundamento en los artículos 232 y 236del Código de Procedimientos Civiles en vigor, los cuales transcribo a continuación: “ARTICULO 232 El tribunal debe recibir las pruebas que, ofrecidas en la forma y términos establecidos por esteCódigo, le presenten las partes, siempre que estén permitidas por la Ley y se refieran a los puntos cuestionados. De no reunir los requisitos señalados, serán desechadas. Los hechos notorios no necesitaránser probados, y el juez puede invocarlos, aunque no hayan sido alegados por las partes.” y “ARTICULO 236 Las pruebas deben ser ofrecidas, relacionándolas con cada uno de los hechos de la demanda ycontestación, proporcionando el nombre y domicilio de testigos y peritos, si de éstos se trata, y pidiendo la citación de la contraparte para absolver posiciones, cuando se pretenda la prueba deconfesión. Las pruebas que no se relacionen en la forma prescrita serán desechadas por el juez, quedando además, abolida la práctica de relacionar todas las pruebas con todos los hechos de la demanda o...
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