Juicio De Divorcio
DE LOS PROCEDIMIENTOS EN GENERAL DEL
JUICIO ORAL Y DEL JUICIO ESCRITO
CAPÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 225.- En los asuntos relativos a las cuestiones familiares, tendrán intervención el Ministerio Público, el tutor, el Consejo de Familia y los organismos de asistencia pública o privada cuando estén legalmente facultados para ello.
Artículo 226.- El JuezFamiliar dispondrá de las más amplias facultades para investigar la verdad.
Artículo 227.- Durante el procedimiento, el Juez Familiar podrá intervenir de oficio, en asuntos que afecten el interés de la familia, de las niñas, niños y adolescentes así como de incapaces, atendiendo siempre el interés supremo de éstos, en términos de la ley para la protección de los derechos de las niñas, niños yadolescentes.
En todas las controversias en que estén inmersos intereses de menores, el juez deberá escucharlos, pudiendo contar con la presencia de los padres y Consejo de Familia, a criterio del juez..
Está facultado para decretar las medidas que tienden a preservar la familia, proteger a sus miembros y su patrimonio.
En los mismos asuntos, con la salvedad de las prohibiciones legalesrelativas a la preservación de la familia y alimentos, el Juez Familiar deberá exhortar a los interesados a avenirse, resolviendo sus diferencias mediante convenio para evitar controversia o dar por terminado el procedimiento.
Notificando a las partes, para que puedan hacer valer sus derechos, citando a los contendientes a audiencias personales, sin asesores jurídicos, celebrando en lo posibleconvenios que adquieran el carácter de sentencia ejecutoriada y que sean arreglos justos y equitativos que no contraríen la moral, el derecho y las buenas costumbres; de ellos se dará vista al C. Agente del Ministerio Público por el término de tres días para que manifieste lo que su representación competa.
Pueden las partes presentar por escrito el convenio aludido, el que deberá ser ratificado antela presencia del Juez.
Artículo 228.- Salvo los casos en que este Código establezca lo contrario, no se requiere formalidad especial para ocurrir ante un Juez Familiar.
Artículo 229.- Podrá acudirse al Juez Familiar por escrito o por comparecencia personal en los casos urgentes, exponiendo de manera breve y concisa los hechos de que se trate.
Artículo 230.- Si el reclamante ocurreasesorado, deberá ser por un Licenciado en Derecho, con cédula profesional, o en su defecto, autorización vigente de la Dirección de Profesiones del Gobierno del Estado, a los Pasantes de Derecho.
Artículo 231.- Si una de las partes está asesorada y la otra no, se requerirán en ese acto, los servicios de un defensor de oficio, quien acudirá inmediatamente a enterarse del asunto.
Dispondrá de untiempo máximo de tres días para cumplir su cometido. En este caso, la audiencia será diferida una vez por cada parte. Si declina el derecho de asesoramiento, el Ministerio Público velará por los derechos de la persona no asesorada.
Artículo 232.- En la audiencia del juicio, las partes presentarán y se les recibirán las pruebas procedentes, sin más limitación que la moral y el derecho. Ordenando supreparación para las solicitadas con anticipación que no hayan sido remitidas, por quien debió hacerlo.
Artículo 233.- En la audiencia del juicio, el juez y las partes interrogarán a los testigos con relación a los hechos controvertidos, formulando las preguntas pertinentes, con la sola limitación referida en el Artículo 207 de este ordenamiento.
Artículo 234.- Cuando por causa justificada,las audiencias no puedan celebrarse, se realizarán dentro de los ocho días hábiles siguientes.
Artículo 235.- De los escritos de demanda, reconvención y las contestaciones, se impondrán al Ministerio Público y al Consejo de Familia, para los efectos de sus respectivas funciones. Lo mismo en el caso del juicio oral con la reclamación y contestación a ella, y reconvención si la hubo, con la...
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