Juicio de lesividad
ARTICULO 36 CODIGO FISCAL FEDERAL. Las resoluciones administrativas de carácter individual favorables a un particular solo podrán ser modificadas por el tribunal federal dejusticia fiscal y administrativa mediante juicio iniciado por las autoridades fiscales.
Cuando la secretaria de hacienda y crédito público modifique las resoluciones administrativas de caráctergeneral, estas modificaciones no comprenderán los efectos producidos con anterioridad a la nueva resolución.
Las autoridades fiscales podrán, discrecionalmente, revisar las resolucionesadministrativas de carácter individual no favorables a un particular emitidas por sus subordinados jerárquicamente y, en el supuesto de que se demuestre fehacientemente que las mismas se hubieran emitido encontravención a las disposiciones fiscales, podrán, por una sola vez, modificarlas o revocarlas en beneficio del contribuyente, siempre y cuando los contribuyentes no hubieren interpuesto medios dedefensa y hubieren transcurrido los plazos para presentarlos, y sin que haya prescrito el crédito fiscal.
Lo señalado en el párrafo anterior, no constituirá instancia y las resoluciones que dictela secretaria de hacienda y crédito público al respecto no podrán ser impugnadas por los contribuyentes
El juicio de lesividad supone la existencia de un daño recaído, en este caso, el de laautoridad administrativa.
La forma en la que se tramita es igual a una demanda de nulidad, con la salvedad que en este caso el actor es el estado y el demandado el particular, esto es a nivelfederal.
Considero que el juicio de lesividad es un medio de defensa adecuado para que el fisco, al igual que el contribuyente, tenga la posibilidad de anular o modificar resoluciones que de manerailegal perjudiquen sus intereses.
Es importante mencionar que el plazo que se le otorga al fisco para interponer este juicio, de 5 años, es tomando en cuenta la gran labor que desempeña el fisco.
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