JUICIO DE NULIDAD IMSS
PRESENTE:
C. FRANCISCO JAVIER TOPETE ACOSTA representante legal de la empresa, CARRITOS S.A. DE C.V., con registro federal de contribuyentes CAR001223HF9 personalidad que acredito mediante la copia certificada del testimonio Notarial No.234 ante la fe, del Lic. JOSE ALCOCER VALENCIA, NotarioPublico No. 25, con ejercicio en la ciudad de ZAMORA y señalando como domicilio para oír y recibir notificaciones, el ubicado en AMADO NERVO #60, JACONA, MICHOACAN; y autorizando para tal efecto en los términos del articulo 5 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo al C. Lic. CELIA YAZMIN HERNANDEZ CARDENAS respetuosamente comparezco para exponer:
Con fundamento en lodispuesto por los artículos 1, 2, 3, 4, 5 y demás aplicables de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; articulo 31 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa ocurro a demandar JUICIO DE NULIDAD, de los siguientes actos de autoridad que afectan los intereses de mi representada.
ACTO IMPUGNADO
La resolución emitida por el H. ConsejoConsultivo de la Delegación del Instituto Mexicano del Seguro Social, en su acuerdo 123 de fecha 10 de marzo de 2013 en cuyos puntos resolutivos RESUELVE PARA LA DEVOLUCION DE CUOTA PATRONA, lo siguiente:
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
COORDINACIÓN DE COBRANZA
SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE CANTIDADES ENTERADAS SIN JUSTIFICACIÓN LEGALSEGUROS IMSS
REGISTRO PATRONAL:
R13-13149-10-4
R.F.C.:
CAR001223HF9
PERÍODO:
05-2012
FOLIO PAGO:
272647
NOMBRE, DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL:
Carritos, SA de CV
TELÉFONO:
DOMICILIO:
CALLE6 No. 3312 COL FERROCARRIL
CÓDIGO POSTAL:
44440
LOCALIDAD:
GUADALAJARA, JALISCO
ÁREA
A
B
C
GEOGRÁFICA:
XSOLICITO LA DEVOLUCIÓN
$86,856.99
IMPORTE CON LETRA
POR LA CANTIDAD DE:
OCHENA Y SEIS MILOCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS PESOS CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS 00/100.
El 16 de Marzo del año 2012, se emitió el oficio con folio 03/03-924, en el que rectificó la prima del seguro de riesgos del trabajo, señalando que la prima aplicable es 15.0000 y no la de 1.58875, que fue manifestada enla declaración de siniestralidad de la empresa.
Por sentencia de 7 de octubre de 2012, dictada en el expediente 339/10-07-01-8, por la Primera Sala Regional de Occidente, se declaró la nulidad de la resolución de rectificación de la prima del seguro de riesgos del trabajo, contenida en el oficio con folio 03/03-92437, notificada el 1 de Marzo de 2012, quedando firme el 29 posterior;consecuentemente la prima aplicable es 1.58875 que manifestó la sociedad promovente.
Cabe precisar que el derecho a la devolución nace de la sentencia aludida
DOCUMENTACIÓN
ADJUNTE A LA PRESENTE ORIGINALES Y COPIAS DE LOS MISMOS, UNA VEZ COTEJADOS SE DEVOLVERAN LOS ORIGINALES
PROBATORIA
Testimonio 7,131, pasado ante la fe del Notario Público 123 de Guadalajara, Jalisco,para acreditar personalidad.
Identificación del representante legal, expedida por el Instituto Federal Electoral.
2 comprobantes de pago por el periodo, realizados a través de “Banco Nacional de México S.A.”, de donde se desprende que se enteraron las cuotas correspondientes al mismo,
2 resúmenes de liquidación obrero patronal emitidos por el sistema único de autodeterminación.
Estado de cuentadel mes siguiente, en el que aparecen los cargos por pago.
2 Discos que contienen el archivo del SUA, con el que se efectuaron los pagos.
Sentencia de 7 de octubre de 2012, dictada en el expediente 339/10-07-01-8, por la Primera Sala Regional de Occidente, en la que se declaró la nulidad de la resolución de rectificación de la prima del seguro de riesgos del trabajo, contenida en el oficio...
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