juicio oral
LESIONES
Artículo 136.-Comete el delito de lesiones quien causa a otro una alteración en su salud, penas que podrán ir desde seis meses hasta diez años deprisión, según sean clasificadas.
Artículo 138.-A quien infiera lesiones que pongan en peligro la vida se le impondrán de tres a diez años de prisión y multa hasta de cien días de salario, sinperjuicio de las sanciones que les correspondan conforme al artículo anterior, con excepción de lo dispuesto en sus fracciones I y II.
VIOLENCIA FAMILIAR.
Artículo 154 Bis. A quien ejerza cualquiertipo de violencia física, psicológica, patrimonial, económica o sexual, dentro o fuera del domicilio familiar, comparta éste o no, en contra de su cónyuge, concubina o concubinario, pariente hasta elcuarto grado en ambas líneas o incapaz sobre el que sea tutor o curador, se le impondrán, de dos a seis años de prisión, multa de hasta cuatrocientos días de salario.
ROBO
Artículo 202.-A quien conánimo de dominio, lucro o uso, se apodere de una cosa mueble, total o parcialmente ajena, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ella, se le sancionará desde tres meses de prisiónen adelante, de acuerdo al monto robado y las condiciones en que lo haya cometido.
DAÑOS.
Artículo 226.-A quien, en perjuicio de tercero, por cualquier medio destruya o deteriore una cosa, totalo parcialmente ajena o propia, se le impondrán de seis meses a ocho años de prisión y multa hasta de ciento cincuenta días de salario.
Artículo 227.- Si el daño se ocasiona con motivo del tránsitode vehículos y el conductor se hallare en estado de ebriedad, se sancionará con prisión de tres a nueve años, multa hasta de trescientos días de salario y suspensión del derecho de conducir vehículoshasta por tres años.
GRAFITI ILEGAL
Artículo 228 Bis. A quien, sin importar el material ni los instrumentos utilizados, pinte, tiña, grabe o imprima palabras, dibujos, símbolos, manchas o...
Regístrate para leer el documento completo.