Juicio ordinario
Inicio Medidas Prejudiciales
Demanda (Art. 254 CPC)
No acoge a tramitación.
Resolución que la acoge a tramitación “traslado” (auto)
Eldemandante
Puede retirar la
Demanda
Notificación (Personalmente o por el estado diario)
El demandante puede El demandado puede
modificarSe vuelve a notificar
Y corre de nuevo el
El término de
Emplazamiento
Contestación Reconvención
6 días 6 días
Réplica Contestación a la reconvención
6 días 6días
Dúplica Réplica de la reconvención
6 días
Dúplica de la reconvención
Conciliación Se notifica por cédula
Audiencia no anterior al5º ni posterior al 15º día
desde la notificación
Tiene éxito fracasa la conciliación
Se levanta acta Certificado del secretario se agrega a
Equivalente jurisdiccional los autos yel juez examina los autos.
Sentencia ejecutoriada
Exámen de los autos
Situación art. 313 CPC (no hay término
Probatorio)
No hay hechos sutanciales, pertinentes niControvertidos
Hechos sustanciales,
Pertinentes y controvertidos Se llama a las partes
A oír sentencia
Apelación (326)
Resolución que recibe la causa a prueba(sentencia interlocutoria)
Notificación por cédula reposición y apelación en subsidio
(3 días)
5º día
lista de testigos Término probatorio:
minuta de puntos
deprueba Ordinario: 20 días
Extraordinario: 20 días + tabla de emplazamiento
Especial: (plazo judicial)
Última interlocutoria que se pronuncia sobre la prueba
Notificaciónpor el estado diario
10 días Observaciones a la prueba
Citación a oír sentencia Reposición (3º día por error de hecho)
Apelación si no se recibió la causa a
Prueba....
Regístrate para leer el documento completo.