Juju
Octubre de 2004
LAS ENTIDADES MIEMBROS DE LA ASOCIACIÓN BANCARIA Y DE ENTIDADES FINANCIERAS DE COLOMBIA ASOBANCARIA C O N S I D E R A N D O:
Que la ASOBANCARIA ha sido pionera y seguidora de las propuestas formuladas por la comunidad internacional para la lucha contra el lavado de activos, particularmente de las Recomendaciones del GAFI comode la Declaración de Principios de Basilea, de 1988. Que la ASOBANCARIA consciente de su papel en la lucha contra el lavado de activos, acudiendo a los principios de autorregulación, en 1992 adoptó el Acuerdo sobre el Papel del Sistema Financiero en la Detección, Prevención y Represión del Movimiento Ilícito de Capitales, y que en 1996 suscribió la Declaración de Principios y Acciones del SectorFinanciero frente al Lavado de Activos; Que la ASOBANCARIA conocedora de la gran responsabilidad que corresponde al sector frente a sus clientes y ante las autoridades adoptó en 1996 el Acuerdo Interbancario de Conocimiento del Cliente; Que políticas y procedimientos eficaces para el conocimiento del cliente son críticos para la protección, seguridad y solidez de las entidades y la integridad delsistema financiero; Que ha sido política inquebrantable de las entidades afiliadas a la ASOBANCARIA, expresada en numerosas declaraciones, su decisión y voluntad de cooperar con las autoridades poniendo a disposición y entregando de manera expedita la información de los clientes sujetos de investigación Que los estándares internacionales y las normas internas exigen a las procedimientos y entidadesfinancieras la adopción de adecuados
controles para el conocimiento de sus clientes, presididos por elevados preceptos éticos; Que esta práctica es reconocida universalmente como elemento esencial para reducir la probabilidad de que los riesgos de reputación, operación y legales a los que están expuestas se materialicen; y para la eficaz administración de los mismos; Que la evolución delfenómeno delictivo del lavado de activos se ha visto agravado con el aprovechamiento de sus mecanismos y modos de actuación por las organizaciones terroristas; Que la autoridad de supervisión ha promulgado normas que enmarcan el lavado de activos como un asunto de administración del riesgo y establece parámetros generales o guías para que cada entidad financiera diseñe su sistema de administración deriesgos acorde con los productos, nichos de mercado y tipos de cliente, dejando de lado la prescripción de exhaustivas reglas o procedimientos; Que las condiciones expuestas en el anterior punto son el resultado de la evolución en su continua gestión de auto regulación para prevenir y controlar el lavado de activos, a fin de garantizar el cumplimiento de los postulados del gobierno corporativo y laintegridad institucional.
A C U E R D A N:
1. Actualizar el Acuerdo Interbancario de Conocimiento del Cliente de 1996, frente a las nuevas realidades normativas en Colombia y las tendencias internacionales en esta materia; 2. Continuar dando cumplimiento a las políticas y estrategias de lucha contra el lavado de activos incorporadas en el Acuerdo Interbancario de 1992 y la Declaración dePrincipios de 1996, antes mencionadas;
3. Seguir aplicando los postulados del inciso anterior para reprimir la financiación de las organizaciones terroristas y sus actividades delictivas, así como la incorporación al sistema financiero de dineros provenientes de la corrupción administrativa; 4. Mantener como política central para reemplazar el Acuerdo Interbancario de Conocimiento del Cliente de1996, la aplicación del mejor esfuerzo y diligencia para el conocimiento de la clientela, inspirados por los siguientes principios: a) Formular una política de aceptación de clientes que considere, aunque no exclusivamente, los clientes que plantean un perfil de riesgo que, por su país de origen, prominencia pública o política, actividades que desarrollan, negocios relacionados, fuente de sus...
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