Juntas De Conciliacion Y Arbitraje
CAMPUS MEXICALI
TEMA:
“Naturaleza Jurídica de las Juntas de Conciliación y Arbitraje”
PROFESOR:
Francisco Javier Pereda Ayala
MATERIA:
Derecho Procesal del Trabajo
ALUMNO:
Irvin Enrique Verdugo
Mexicali BC a 29 de agosto del 2011
INTRODUCCION
¿Cual es la naturaleza jurídicade las Juntas de Conciliación y Arbitraje?...Con el fin de responder dicha cuestión, se busca resolver y dar a entender que es en el Derecho la autoridad ya mencionada, cuales son sus funciones, su origen en México y el papel que dicha autoridad toma en cuestión.
Para dar una noción objetiva y lo más acertado posible se hizo una investigación, tomando en cuenta a juristas, investigadores ymaestros del derecho para desenvolver el papel que juega la autoridad en México dentro de diferentes ramas del Derecho.
Este órgano tanto jurisdiccional como administrativo siempre ha estado en controversia por las funciones que desarrolla, y la constante critica que se ha hecho durante mucho tiempo, ya que la autoridad mencionada funge funciones jurisdiccionales sin ser parte del poder judicial,perteneciendo las juntas al órgano ejecutivo, pero no dependiendo de este directamente.
El Constituyente mexicano de 1916 – 1917 estableció juntas de conciliación y arbitraje para el conocimiento de los conflictos laborales, es decir, se excluyo esta clase de conflictos del Poder Judicial ordinario, creándose órganos de jurisdicción especializada.
Lasfracciones XX y XXI del original articulo 123 Constitucional decían:
XX. Las diferencias o los conflictos entre el capital y el trabajo, se sujetaran a la decisión de una Junta de Conciliación y Arbitraje, formada por igual número de representantes de los obreros y de los patronos, y uno del Gobierno.
XXI. Si el patrono se negare a someter sus diferencias a Arbitraje o a aceptar el laudopronunciado por la Junta, se dará por terminado el contrato de trabajo y quedara obligado a indemnizar al obrero con el importe de tres meses de salario, además de la responsabilidad que le resulte del conflicto. Si a negativa fuere de los trabajadores, se dará por terminado el contrato de trabajo.
La redacción de estas fracciones motivo y suscito una serie de dudas polémicas sobre la naturaleza ycompetencia de las juntas: ¿eran las juntas tribunales o solo comités administrativos? ¿Tenían los medios necesarios para hacer que se cumplieran sus resoluciones? ¿Era potestativo someterse al arbitraje de las juntas? ¿Podía desconocer el patrón el laudo de la junta pagando la indemnización señalada en la propia fracción XXI? ¿Para que clase de conflictos era la junta competente? ¿Podía conocerúnicamente los conflictos colectivos o también individuales?
Si es cierto que hoy en día, las preguntas señaladas no tienen mayor dificultad en responderse, también es cierto que en los anos inmediatos a la promulgación de la actual Constitución, representaron un rompecabezas tanto para la jurisprudencia como para la doctrina.
La Suprema Corte de Justicia, a partir de 1918 y hasta 1924,sostuvo que las juntas no podían ejecutar sus laudos coactivamente y que su competencia abarcaba a los conflictos de índole colectiva.
En 1924, la Suprema Corte, en las ejecutorias de La Corona y de la Compañía de Tranvías, Luz y Fuerza de Puebla, S.A., modifico su criterio para sostener que las juntas son tribunales competentes para conocer y resolver tanto los conflictos colectivos como losindividuales, y que las juntas no son tribunales especiales que violen el articulo 13 Constitucional.
Vamos a recorrer brevemente los mencionados estudios por la importancia que en aquel entonces tuvieron y para tratar de precisar que son las Juntas de Conciliación y Arbitraje.
a) El licenciado Narciso Bassols afirmo que las juntas de conciliación y arbitraje no son tribunales y que su...
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