Juridico
La Conciliación es un concepto similar, pero sin la existencia del tercero Mediador. En la doctrina, siempre ha existido controversia sobre su concepto (deberían losautores someterse a Arbitraje), más en esta oportunidad lo simplificaremos como un “Negociación Inducida”; es decir, una herramienta que promueve u obliga a las partes a agotar un proceso denegociación buscando el mismo fin de acercamiento y solución de un conflicto generando valor.
Encontramos al Arbitraje, donde básicamente las partes acuerdan someter a la decisión de terceros (uno o varios;siempre impares) dirimir su controversia.
Debido a la promoción dada por la Constitución de 1999, muchos de estos medios son requisitos previos en procedimientos en diversas materias. Tal es elcaso de los procesos laborales, de niños y adolescentes, que aplaudimos pero no trataremos hoy. Aquellas en que la ley no nos obliga a agotar, son las que debemos promover, ya que los Medios Alternos deSolución de Conflictos poseen las siguientes características:
.- Economía en el tiempo. Las partes pueden elegir el término de una mediación, conciliación o arbitraje sin someterse a las largasesperas de las decisiones de los tribunales ordinarios.
.- Eficiencia en búsqueda de soluciones. Los mediadores están preparados para buscar acercamiento entre las partes y proponer soluciones a las...
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