Juridico
1.- ADMITEla acción de amparo constitucional incoada por los abogados HÉCTOR CARDOZE RANGEL, JESÚS ESCUDERO ESTEVES y GUSTAVO MARÍN GARCÍA, actuando en su carácter de apoderados judiciales de la sociedadmercantil PROMOTORA TURÍSTICA CHARAIMA I, C.A. (BINGO CHARAIMA), contra la sentencia dictada el 18 de septiembre de 2000, por el Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Trabajo y de Menores de laCircunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta.
2.- ORDENA la notificación del titular o de quien se encuentre encargado si es el caso, del Juzgado Superior mencionado, a fin de que estaSala Constitucional, una vez que conste en autos dicha notificación, fije dentro de las noventa y seis (96) horas siguientes a ella, la oportunidad en que se llevará a cabo la audiencia oral.Remítase copia de la presente decisión y del escrito contentivo de la acción, adjunto con la notificación ordenada.
3.- ORDENA al Juzgado Superior antes indicado notificar a los ciudadanos CARLOSMIGUEL CASTAÑEDA, LUIS RAFAEL QUIJADA MATA, YOEL JESÚS MARCANO, ISMAEL ANTONIO ALFONSO, MILAGROS DEL VALLE MARCANO DE TINEO y MARÍA ROSELI ARGUINZONES, en su domicilio procesal, de la oportunidad enque habrá de realizarse la audiencia oral.
4.- ORDENA la notificación del ciudadano Fiscal General de la República sobre la apertura del presente procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en elartículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
5. ACUERDA la medida cautelar solicitada hasta que se dicte la sentencia de mérito, y en consecuencia, ORDENAal mencionado Juzgado Superior, suspender la ejecución de la sentencia dictada el 18 de septiembre de 2000.
6.- ORDENA oficiar al Juzgado de Primera Instancia Agrario, del Tránsito y del...
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