Juris
1-0010 000229
Bogotá, D.C., 23 de enero de 2006
PARA DIRECTOR GENERAL, SECRETARIAGENERAL, DIRECTORES DE ÁREA, DIRECTORES REGIONALES
Asunto: Capacitación Temas – Jurisdicción Coactiva – Modulo No. 001.
La Dirección Jurídica – Grupo de Gestión de Cobro Coactivo, en ejercicio de la función asignada en elnumeral 5º. del artículo 16 del Decreto 249 del 28 de diciembre de 2004, se permitirá emitir periódicamente Circulares a través de módulos en los cuales se impartirá capacitación sobre los temasrelacionados con el proceso de Jurisdicción Coactiva, dirigida a todos los funcionarios involucrados en el proceso.
1. Concepto, noción y definición - Jurisdicción Coactiva.
La JurisdicciónCoactiva se define como una función jurisdiccional especial asignada por la ley al SENA, para adelantar el cobro ejecutivo de los créditos a su favor, sin necesidad de recurrir a los jueces civiles,haciendo más rápido y expedito el proceso y por consiguiente el recaudo de los dineros. Es decir es la facultad que tiene la entidad para cobrar directamente las obligaciones de sus deudores.
Lajurisdicción coactiva ha sido definida en la jurisprudencia de la Corte Constitucional como “un "privilegio exorbitante" de la Administración, que consiste en la facultad de cobrar directamente, sin quemedie intervención judicial, las deudas a su favor, adquiriendo la doble calidad de juez y parte, cuya justificación se encuentra en la prevalencía del interés general, en cuanto dichos recursos senecesitan con urgencia para cumplir eficazmente los fines estatales”[1].
De acuerdo con la anterior definición, es claro que su objetivo principal es, obtener el cobro directo y rápido de las...
Regístrate para leer el documento completo.