Jurisdiccion Coactiva
1. TRÁMITE DE LOS PROCESOS COACTIVOS EN MATERIA NO TRIBUTARIA EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA.
1.1. CONCEPTOS BÁSICOS.-
POTESTAD JURIDICCIONAL.- Es el poder jurídico atribuido con exclusividad a determinados órganos del Estado (denominados jurisdiccionales) para que, en actividad eminente aplicativa del derecho objetivo, juzguen y hagan ejecutar lo juzgado; o, lo que es lo mismo,resuelvan el litigio con sujeción a las normas positivas, definiendo unilateral e imperativamente situaciones jurídicas subjetivas en un caso concreto.
JURISDICCIÓN COACTIVA.- Partiendo de la definición que el Código de Procedimiento Civil no da al respecto de la Jurisdicción “…el poder de administrar justicia, consiste en la potestad pública dejuzgar y hacer ejecutar lo juzgado en una materiadeterminada, potestad que corresponde a lostribunales y jueces establecidos por las leyes…”1, debemos entender que la jurisdicción coactiva constituye una potestad especialísima de ejecución (netamente) otorgada por ley a las Entidades del Estado, para que estas puedan hacer directamente efectivas aquellas acreencias y obligaciones, sin necesidad de recurrir al sistema de justicia ordinario. Eneste sentido el Autor Édgar Escobar Vélez señala que “La Jurisdicción coactiva es una función jurisdiccional asignada a un organismo o a un funcionario administrativo determinado para que sin recurrir a la autoridad judicial, haga efectiva, por la vía ejecutiva, las deudas fiscales expresas, claras y exigibles a favor de la entidad pública que ejerce dicha jurisdicción”2
PROCEDIMIENTO COACTIVO.-La Legislación Ecuatoriana define al procedimiento coactivo como aquel que “tiene tiene por objeto hacer efectivo el pago de lo que, por cualquier concepto, se deba al Estado y a sus instituciones que por ley tienen este procedimiento…”3, es decir, que de acuerdo a lo señalado por la ley y bajo el principio de la auto tutela de la Administración Pública de este tipo de procedimientos son propios oexclusivos de las Entidades del Estado y se los ejerce a través de los empleados recaudadores de cada institución quienes de acuerdo a lo que determina el inciso final del Art. 942 del Código de Procedimiento Civil tienen la calidad de Jueces Especiales, denominados Jueces de Coactiva.
TÍTULO DE CRÉDITO.- El autor Guillermo Cabanellas define al título de crédito como aquel “que contiene demanera eficaz un derecho de crédito exigible a favor de una determinada persona o de su poseedor y contra otra, concretada en todo caso”4. Ya dentro del ámbito de la coactiva el título de crédito es un instrumento público que demuestra la existencia una obligaciónde las Entidades del Estado; títulos que de conformidad con lo que determina el Art. 945 del Código de Procedimiento Civil consisten entítulos ejecutivos; catastros y cartas de pago legalmente emitidos; asientos de libros de contabilidad, etc.
ORDEN DE COBRO: Es la disposición entregada por parte autoridad generadora del título del crédito, en virtud de la cual se dispone a los Jueces Especiales de Coactiva la ejecución o cobro del título de crédito. El Art. 946 del Código de Procedimiento Civil Ecuatoriano, establece que elempleado recaudador deberá iniciar el procedimiento coactivo fundado en la orden de cobro, general o especial, legalmente transmitida por la autoridad correspondiente, acotando también que dicha orden de cobro llevará implícita para el Juez de Coactiva la facultad de proceder al ejercicio de la coactiva
AUTO DE PAGO.- Constituye la primera providencia dictada por los denominados JuecesEspeciales de Coactiva por medio de la cual se da inicio a un proceso coactivo y en virtud de la que se dispone hacer efectivo el título de crédito y se ejecuta la orden de cobro legamente dictada por la autoridad competente. Al Respecto el Art. 951 de nuestro Código de Procedimiento Civil determina: “Fundado en la orden de cobro, y siempre que la deuda sea líquida, determinada y de plazo vencido, el...
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