Jurisprudencia Articulo 4
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL CUARTO CIRCUITO | LibroXII, Septiembre de 2012, Tomo 3 | Pag. 1408 | Jurisprudencia(Constitucional) |
[J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012, Tomo 3; Pág. 1408
PENSIÓN POR VIUDEZ. ELARTÍCULO 95, FRACCIÓN III, DE LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO DE NUEVO LEÓN, AL ADICIONAR REQUISITOS PARA EL VIUDO EN RELACIÓN CON LOS EXIGIDOS A LAVIUDA PARA SER BENEFICIARIOS DE AQUÉLLA, TRANSGREDE LA GARANTÍA DE IGUALDAD.
En el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se establece que queda prohibida todadiscriminación motivada por el género; asimismo, el artículo 4o. de ese ordenamiento dispone que el varón y la mujer son iguales ante la ley. Ahora bien, como lo ha determinado la Suprema Corte de laJusticia de la Nación, el principio de igualdad no implica que todos los sujetos de la norma se encuentren siempre, en todo momento y ante cualquier circunstancia, en condiciones de absoluta paridad,sino que se refiere a la igualdad jurídica, que debe traducirse en la seguridad de no tener que soportar un perjuicio (o privarse de un beneficio) desigual e injustificado; en otras palabras, el valorsuperior que persigue este principio consiste en evitar que existan normas que, llamadas a proyectarse sobre situaciones de igualdad de hecho, produzcan como efecto de su aplicación la ruptura de esaigualdad al generar un trato discriminatorio entre situaciones análogas, o bien, propicien efectos semejantes sobre personas que se encuentran en situaciones dispares, lo que se traduce en desigualdadjurídica. Por su parte, el artículo 95 de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado de Nuevo León prevé la existencia del derecho a la pensión por viudez...
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