JURISPRUDENCIA COSA JUZGADA

Páginas: 6 (1407 palabras) Publicado: 20 de abril de 2013
Época: Novena Época Registro: 197717 Instancia: PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO TipoTesis: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Localización: Tomo VI, Septiembre de 1997 Materia(s): Común Tesis: I.1o.T. J/28 Pag. 565 [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo VI, Septiembre de 1997; Pág. 565 COSA JUZGADA FORMAL Y COSAJUZGADA MATERIAL. DISTINCIÓN Y EFECTOS. Supuestas las identidades clásicas de partes, de cosa u objeto y de causa de pedir o hecho generador del derecho ejercitado, del pronunciamiento de derecho emana la autoridad de cosa juzgada formal, que hace irrecurrible el acto, y de cosa juzgada material, que hace indiscutible el hecho sentenciado, esto es, las partes no pueden reabrir nueva discusión nila autoridad resolutora, o alguna otra, pueden pronunciarse otra vez respecto del hecho ya definitiva e irrecurriblemente juzgado. PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO Amparo directo 11541/94. Salvador Montes Rico. 2 de febrero de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.
Amparo directo 5041/95.Ferrocarriles Nacionales de México. 1o. de junio de 1995. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.
Amparo en revisión 551/97. Juan Hernández Muñoz y otros. 26 de junio de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.
Amparo directo 8501/97. Francisco Castro López. 21 de agosto de 1997.Unanimidad de votos. Ponente: Horacio Cardoso Ugarte. Secretario: Rigoberto Calleja López.
Amparo directo 8781/97. Aca Ropa, S.A. de C.V. 21 de agosto de 1997. Unanimidad de votos. Ponente: Rubén Pedrero Rodríguez. Secretario: Carlos Gregorio Ortiz García.

Época: Novena Época Registro: 170353 Instancia: PRIMERA SALA TipoTesis: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su GacetaLocalización: Tomo XXVII, Febrero de 2008 Materia(s): Común Tesis: 1a./J. 161/2007 Pag. 197 [J]; 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXVII, Febrero de 2008; Pág. 197 COSA JUZGADA. PRESUPUESTOS PARA SU EXISTENCIA. Para que proceda la excepción de cosa juzgada en otro juicio es necesario que entre el caso resuelto por la sentencia y aquel en que ésta se invoque concurran identidad en lacosa demandada (eadem res), en la causa (eadem causa pretendi), y en las personas y la calidad con que intervinieron (eadem conditio personarum). Ahora bien, si la identidad en la causa se entiende como el hecho generador que las partes hacen valer como fundamento de las pretensiones que reclaman, es requisito indispensable para que exista cosa juzgada se atienda no únicamente a la causa próxima(consecuencia directa e inmediata de la realización del acto jurídico) sino además a la causa remota (causal supeditada a acontecimientos supervenientes para su consumación) pues sólo si existe esa identidad podría afirmarse que las cuestiones propuestas en el segundo procedimiento ya fueron materia de análisis en el primero, y que por ello deba declararse procedente la excepción con la finalidadde no dar pauta a posibles sentencias contradictorias. Lo anterior, en el entendido de que cuando existan varias acciones contra una misma persona respecto de una misma cosa, deben intentarse en una sola demanda todas las que no sean contrarias, ya que el ejercicio de una extingue las otras, salvo que fuera un hecho superveniente debidamente acreditado. Por tanto, es claro que esto último no sedaría si la causa remota que se involucra en uno y otro son distintas, con mayor razón si la causa próxima también es otra. PRIMERA SALA Contradicción de tesis 39/2007-PS. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y Civil del Décimo Noveno Circuito, el anterior Primer Tribunal Colegiado del Segundo Circuito, actualmente Primer Tribunal Colegiado en Materia...
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