jurisprudencia de cateo.
Las órdenes de protección de emergencia y la medida para su cumplimiento aque se refieren los citados preceptos deben analizarse a la luz del artículo 16, párrafo primero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que prevé el derecho a la inviolabilidad del domicilio, y no así a la del párrafo décimo primero, pues éste se refiere a una diligencia exclusiva de la materia penal, cuyos requerimientos constitucionales son muy específicos, como el hecho deque la orden de cateo deba solicitarla el Ministerio Público, en la que debe expresarse el lugar que ha de inspeccionarse, la persona o personas que hayan de aprehenderse y los objetos que se buscan; diligencia que se lleva a cabo con la presencia de dos testigos. Esto es, la orden de cateo tiene una finalidad específica, pues permite la detención de personas y la búsqueda de determinados objetos,en cambio, las órdenes de protección de emergencia se emiten cuando se encuentra en riesgo la integridad física o psicológica, la libertad o seguridad de la víctima o víctimas indirectas que viven en el mismo domicilio del agresor y pueden solicitarse antes de denunciar un delito o del inicio de un proceso penal, como en las materias civil o familiar; de ahí que al no ser exclusivas de la materiapenal no pueden homologarse o relacionarse con una orden de cateo, pues la finalidad y el objeto de las órdenes de protección de emergencia referidas y de la medida para su cumplimiento no es la detención de personas.
Amparo en revisión 495/2013. 4 de diciembre de 2013. Cinco votos de los Ministros Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, José Ramón Cossío Díaz, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, OlgaSánchez Cordero de García Villegas y Jorge Mario Pardo Rebolledo. Ponente: José Ramón Cossío Díaz. Secretaria: Rosalba Rodríguez Mireles.
SUSPENSIÓN PROVISIONAL CONTRA LA EJECUCIÓN DE UNA ORDEN DE CATEO. ES IMPROCEDENTE PORQUE EL CONCEDERLA AFECTARÍA DISPOSICIONES DE ORDEN PÚBLICO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Resulta improcedente conceder la suspensión provisional cuando sereclama la ejecución de una orden de cateo solicitada por el Ministerio Público, pues por su naturaleza, conforme al artículo 152 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, constituye una herramienta con la que cuenta dicha autoridad para la persecución de los delitos conforme al numeral 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la cual culminará, en sucaso, con el ejercicio de la acción penal. En ese sentido, no puede llevarse a cabo su paralización, pues al hacerlo, se afectarían disposiciones de orden público, es decir, la labor constitucional encomendada a dicha institución, lo que es contrario al contenido del artículo124, fracción II, de la Ley de Amparo.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.
Queja4/2013. 22 de enero de 2013. Unanimidad de votos. Ponente: Ricardo Ojeda Bohórquez. Secretario: Jorge Antonio Salcedo Garduño.
INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO. LA EXCEPCIÓN A DICHA GARANTÍA CONSISTENTE EN LA FLAGRANCIA PARA JUSTIFICAR LA INTROMISIÓN EN AQUÉL SIN LA ORDEN DE CATEO CORRESPONDIENTE, NO SE ACTUALIZA SI LOS ELEMENTOS APREHENSORES SE INTRODUJERON AL INMUEBLE PORQUE UNDETECTOR MOLECULAR REGISTRÓ QUE EN SU INTERIOR SE ENCONTRABAN DROGA Y ARMAS, AUN CUANDO MANIFIESTEN QUE SU HABITANTE LES AUTORIZÓ EL PASO, SI ELLO NO CONSTA EXPRESAMENTE EN AUTOS.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia 1a./J. 21/2007, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXVI, agosto de 2007, página...
Regístrate para leer el documento completo.