JURISPRUDENCIA EN MATERIA LABORAL

Páginas: 7 (1549 palabras) Publicado: 21 de julio de 2014
Tesis: III.1o.T. J/56, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, 184258, 1 de 1
Tribunales Colegiados de Circuito, Tomo XVII, Mayo de 2003, Pag. 1174 Jurisprudencia(Laboral).
TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE SUS DECLARACIONES CUANDO NO SON REPREGUNTADOS, CONTRADICHOS O TACHADOS. No basta que los testigos presentados por una de las partes del juicio no sean repreguntados,contradichos o tachados, para que sus declaraciones tengan valor probatorio pleno, pues si de los propios atestados de esos testigos se desprenden datos de parcialidad o inverosimilitud, es obvio que resultan ineficaces las declaraciones a las pretensiones del oferente.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Amparo directo 492/95. Claudia Zúñiga Camacho. 6 de marzode 1996. Unanimidad de votos. Ponente: Andrés Cruz Martínez. Secretario: Jesús Rafael Aragón.
Amparo directo 711/95. Autotransportes Tres Estrellas de Oro, S.A. de C.V. 22 de mayo de 1996. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: José de Jesús Murrieta López.
Amparo directo 101/96. Camarena Automotriz de Occidente, S.A. de C.V. 25 de septiembre de 1996.Unanimidad de votos. Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo. Secretario: Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez.
Amparo directo 322/98. Productora de Moda en Calzado, S.R.L. de C.V. 24 de febrero de 1999. Unanimidad de votos. Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez. Secretario: José de Jesús Murrieta López.
AMPARO DIRECTO 67/2003. La Corona en Zapopan, S.A. de C.V. 26 de marzo de 2003. Unanimidad devotos. Ponente: Julio Ramos Salas. Secretario: Miguel Ángel Regalado Zamora.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 89, Quinta Parte, página 39, tesis de rubro: "TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES DE LOS." y Volúmenes 163-168, Sexta Parte, página 162, tesis de rubro: "TESTIGOS, TACHAS A LOS. SU OMISIÓN NO IMPLICA PLENITUD PROBATORIA.".
EjecutoriasAMPARO DIRECTO 67/2003.
TESTIGOS, TACHAS A LOS. SU OMISIÓN NO IMPLICA PLENITUD PROBATORIA.
TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE LAS DECLARACIONES DE LOS.


Tesis: XVI.1o.4 L, Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Novena Época 196038, 1 de 1, Tribunales Colegiados de Circuito, Tomo VII, Junio de 1998, Pag. 720, Tesis Aislada(Laboral). TESTIGOS, TACHA DE LOS, SU PROCEDENCIA, NO EXIME A LA JUNTADE ANALIZAR EL CONTENIDO DE SUS DECLARACIONES. La procedencia de la tacha, por referirse a circunstancias de índole personal que concurren en los testigos, si bien trae aparejada una presunción de parcialidad, esto no significa que, por ese hecho, lo por ellos manifestado, carezca de todo valor jurídico, de manera tal, que se torne innecesario analizar el contenido de sus atestos; sino que, por elcontrario, lo anterior genera, la obligación en el juzgador, de apreciar con mayor cuidado y detenimiento el dicho de los declarantes, a fin de determinar, si efectivamente, faltaron a la verdad, alteraron o falsearon los hechos, sobre los que vertieron declaración, pero no tiene la consecuencia, de eximir a la Junta, de prescindir de su estudio.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO SEXTOCIRCUITO.

Amparo directo 423/97. Alicia Núñez. 23 de abril de 1998. Unanimidad de votos. Ponente: Mario Alberto Adame Nava. Secretario: José Jorge López Campos.
Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo V, marzo de 1997, tesis 2a./J. 12/97, página 422, de rubro: "TESTIGOS EN EL JUICIO LABORAL. LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE SEAN PARIENTES DEL OFERENTE NO ESSUFICIENTE PARA NEGAR VALOR A SUS DECLARACIONES." y Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1995, Tomo V, Materia del Trabajo, tesis 554, página 364, de rubro: "TESTIGOS, TACHAS A LOS, EN MATERIA LABORAL.".
Ejecutorias
TESTIGOS EN EL JUICIO LABORAL. LA SOLA CIRCUNSTANCIA DE QUE SEAN PARIENTES DEL OFERENTE NO ES SUFICIENTE PARA NEGAR VALOR A SUS DECLARACIONES
TESTIGOS, TACHAS A LOS, EN...
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