Época: Novena Época Registro: 163 679 Instancia: DÉCIMO PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO. Tipo Tesis: Jurisprudencia Fuente: Semanario Judicial de la Federación y suGaceta Localización: XXXII, Octubre de 2010 Materia(s): Civil Tesis: I.11o.C. J/19 Pág. 2674 CHEQUE. SI SE EJERCITA LA ACCIÓN DE OBJECIÓN DE PAGO FUNDADA EN LA NOTORIA FALSIFICACIÓN DE LA FIRMA Y ELBANCO DEMANDADO NO EXHIBE LOS DOCUMENTOS QUE LA ACTORA SOLICITA PARA SU COTEJO, LAS AFIRMACIONES DE ÉSTA DEBEN TENERSE POR CIERTAS PARA TENER ACREDITADA DICHA ACCIÓN SALVO PRUEBA EN CONTRARIO. Cuandose ejercita la acción de objeción de pago prevista en el artículo 194 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, fundada en la notoria falsificación de la firma que contiene el cheque basede la acción y el banco demandado se niega a exhibir el original de éste y la tarjeta de registro de firmas que la parte actora solicitó se le requiera para hacer el cotejo correspondiente, lasafirmaciones de la citada actora, relativas a que la firma que contiene el aludido cheque es notoriamente distinta a la que contiene la ficha de registro de firmas, deben tenerse por ciertas y, por tanto,la presunción que se desprende de esa certeza es suficiente para tener acreditada la acción, salvo prueba en contrario; atento a que lo único que tenía que acreditar dicha actora para demostrar susafirmaciones era, precisamente, que la firma contenida en el cheque era notoriamente distinta a la que contiene la ficha de registro de firmas del banco. Se estima lo anterior, porque del artículo 89 delCódigo Federal de Procedimientos Civiles se infiere que la intención del legislador al prever que ante la negativa de una parte para exhibir en el juicio un documento que tiene en su poder, se tenganpor ciertas las afirmaciones que su contraparte pretendía acreditar con él, lo que tiene sustento en el hecho de que esa es la única forma en que el actor puede acreditar sus afirmaciones cuando no...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.