Jurisprudencia

Páginas: 17 (4124 palabras) Publicado: 28 de marzo de 2011
DÍAZ GARCÍA EMMANUEL ISAÍ Y JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA
VS.
AVE TRANSPORTES
EXP: 1153/2009

C. JUEZ QUINTO DE LO CIVIL DE
CUANTÍA MENOR DEL DISTRITO
JUDICIAL DE CUAUTITLÁN MÉXICO
P R E S E N T E:

ESTHER SILVA BRITO, en mi carácter de Representante de los menores EMMANUEL ISAÍ DÍAZ GARCÍA yJUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA señalando como domicilio para oír y recibir toda clase documento notificaciones y valores el ubicado en Tlaxcala 45, Fraccionamiento Valle Ceylán, Tlalnepantla México y autorizando para recibirlas y oírlas a los Licenciados en Derecho JONATHAN TADEO JOSUÉ MOYA ORTIZ, ARTURO PERALTA ORTEGA así como al C. ALDRIK DANIEL VIVEROS GONZALEZ comparezco ante Usted y su altainvestidura, para exponer:

Que por medio del presente escrito y con fundamento en lo ordenado por los artículos 1.366, 1.367, 1.368, 1.369, 1.377, 1.379, 1.380, 1.381, 1.382, 1.383, 1.384, 1.385, 1.386 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de México, vengo a interponer recurso de apelación en contra de la Sentencia Definitiva dictada en la causa citadaal rubro en fecha quince de julio del año en curso, la cual me fue notificada el dieciséis de ese propio mes y año, expresando los siguientes:

A G R A V I O S :

PRIMERO.- Causa agravio la resolución recurrida a los menores que represento de manera parcial, en específico en el punto resolutivo “SEGUNDO”, en relación al Considerando V, de dicho fallo recurrido ya que en el mismo seestableció que:

“…Consecuentemente, considerando las pérdidas de cada uno de los padres de los menores actores y la afectación estética al menor ISAÍ EMMANUEL DÍAZ GONZÀLEZ, así como las circunstancias económicas de las partes y las demás del caso, este tribunal determina que por la pérdida a ambos menores de cada uno de sus pares, debe condenarse a la empresa demandada al pago dequinientos mil pesos y por la pérdida de su funcionalidad y estética del menor ya referido un tal igual, que suma un total de UN MILLÓN QUINIENTOS MIL PESOS por concepto de indemnización por daño moral. Esta cantidad, deberá ser pagada a su contraparte, dentro del plazo de TRES DÍAS siguientes a que cause ejecutoria la presente resolución…”

Determinación en la cual el A quo no toma en consideraciónla afectación estética, psicológica y emocional de mi menor representado JUAN CARLOS DÍAZ GARCÍA, lo que causa agravio, ya que también presenta lesiones que dejan cicatriz perpetua en la cara y que requieren de tratamiento médico, como quedó demostrado en actuaciones, de ahí los agravios causados a los intereses de dicho menor, puesto que resulta incuestionable la protección que ambos menoresdeben recibir atendiendo al interés superior del niño, esto es, que el desarrollo y ejercicio pleno de sus derechos deben ser considerados como criterios rectores para la elaboración de normas y la aplicación de éstas en todos los órdenes relativos a la vida humana, (concepto adoptado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, y aceptado por México al ratificar el dieciséis de diciembre de milnovecientos noventa y ocho, la Convención Interamericana de Derechos Humanos). De este modo, en nuestra Constitución en el artículo 4; en los numerales 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño (ratificada por México y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de enero de 1991); y 3, 4, 6 y 7 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes(reglamentaria del párrafo 6 del artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el veintinueve de mayo de dos mil), disponen que los tribunales deben atender primordialmente al interés superior del niño, en todas las medidas que tomen concernientes a éstos; apuntala lo expuesto la tesis emanada por la Primera Sala de la Suprema Corte...
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