jurisprudencia

Páginas: 9 (2049 palabras) Publicado: 3 de mayo de 2013
No. Registro: 185,931
Tesis aislada
Materia(s): Penal
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XVI, Septiembre de 2002
Tesis: IV.3o.T.31 P
Página: 1422

PRUEBAS EN EL PROCEDIMIENTO PENAL FEDERAL. LA FE MINISTERIAL DE LA DROGA Y EL DICTAMEN QUÍMICO CONSTITUYEN INDICIOS QUE, ADMINICULADOS CON OTROS, SON IDÓNEOS PARAACREDITAR LA RESPONSABILIDAD.
Es cierto que la fe de la existencia de la droga y el dictamen de la misma son elementos probatorios que por su naturaleza se hallan encaminados a demostrar la corporeidad del delito, pero ello no soslaya el hecho de que esos propios elementos puedan constituir un indicio de la plena responsabilidad de los sentenciados e integrar la prueba indiciaria. Paraconsiderarlo así, basta tener en cuenta que al dar fe de la existencia de la droga el agente del Ministerio Público Federal y al dictaminarse parcialmente su peso y cantidad se corrobora indiciariamente cuál fue aquella que les fue recogida a los detenidos. Ese indicio, derivado de esas pruebas, lo avala el artículo 285 del Código Federal de Procedimientos Penales, al establecer que con independencia de laconfesión y de los documentos públicos, todos los demás elementos de prueba constituyen "indicios". De ahí que si la propia ley le confiere el valor de un indicio a esas pruebas, no puede estimarse que ese indicio sea solamente para integrar el cuerpo del delito y no la responsabilidad; máxime si dichas pruebas se encuentran adminiculadas con el parte informativo.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO ENMATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

Amparo directo 8/2002. 26 de junio de 2002. Unanimidad de votos. Ponente: José Luis Torres Lagunas. Secretaria: María Isabel Rojas Letechipia.







No. Registro: 188,557
Tesis aislada
Materia(s): Penal
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIV, Octubre de 2001Tesis: VI.1o.P.141 P
Página: 1155

PARTE INFORMATIVO DE LA POLICÍA JUDICIAL. NO ES UN DOCUMENTO PÚBLICO AL QUE SE LE DEBA OTORGAR VALOR PROBATORIO PLENO (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).
El artículo 195 del Código de Procedimientos en Materia de Defensa Social, en su último párrafo, dice: "Las investigaciones y demás diligencias que practiquen los agentes de la Policía Judicial, tendrán valor detestimonios que deberán complementarse con otras diligencias de prueba que practique el Ministerio Público ..."; por lo que debe entenderse, en primer lugar, que el parte informativo de dicha autoridad no es una prueba documental pública y, como consecuencia, no puede valorarse como tal, sino que dicho informe sólo es el medio por virtud del cual los elementos policiacos hacen del conocimientodel Ministerio Público el resultado de sus investigaciones practicadas en relación con el delito y/o el delincuente, cuyo valor equivale al otorgado a la prueba testimonial que, para su eficacia, necesariamente deberá corroborarse con otros medios de convicción que se encuentren agregados al sumario.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEXTO CIRCUITO.

Amparo directo 226/2001. 14 dejunio de 2001. Unanimidad de votos. Ponente: José Manuel Vélez Barajas. Secretario: Juan Carlos Ramírez Benítez.

Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volumen 76, Sexta Parte, página 59, tesis de rubro: "POLICÍA JUDICIAL, VALOR PROBATORIO DE LOS INFORMES PROPORCIONADOS POR LOS AGENTES DE LA.".












No. Registro: 189,178
Tesis aislada
Materia(s): PenalNovena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XIV, Agosto de 2001
Tesis: XII.3o.4 P
Página: 1210

CATEO SIN ORDEN DE AUTORIDAD COMPETENTE O SIN LOS REQUISITOS LEGALES. NULIFICA EL RESULTADO DEL MISMO Y DE LAS ACTUACIONES QUE DE ÉL EMANEN.
Si la irrupción en el domicilio del quejoso se practicó sin observarse las...
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