jurisprudencia

Páginas: 6 (1429 palabras) Publicado: 27 de noviembre de 2013
ufeffPER CURIAM

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de julio de 2013.
En esta ocasi�n, nos vemos precisados a ejercer nuestra facultad disciplinaria contra un miembro de la profesi�n por incumplir con los requisitos del Programa de Educaci�n Jur�dica Continua. Por las razones expuestas a continuaci�n, ordenamos la suspensi�n inmediata e indefinida de la Lcda. Gail Ramos Mart�nez delejercicio de la abogac�a y la notar�a.
I
La Lcda. Gail Ramos Mart�nez fue admitida al ejercicio de la abogac�a el 18 de enero de 1996, y a la notar�a el 14 de marzo del mismo a�o.
El 19 de marzo de 2013, la Directora del Programa de Educaci�n Jur�dica Continua (PEJC) nos inform� que la licenciada Ramos Mart�nez hab�a incumplido con los requisitos reglamentarios de educaci�n jur�dica continuadurante el periodo del 1 de marzo de 2007 al 28 de febrero de 2009.
Seg�n surge del Informe Sobre Incumplimiento con Requisito de Educaci�n Continua, el 3 de abril de 2009 se le envi� un aviso de incumplimiento a la letrada otorg�ndole, entre otras alternativas, 60 d�as adicionales para que tomara los cursos. Ante ese requerimiento, la letrada se limit� al pag� de la cuota por incumplimientotard�o establecida en la Regla 30 del Reglamento del Programa de Educaci�n Jur�dica Continua, 164 D.P.R. 155 (2005).
Tiempo despu�s, y al no haber cumplido con el t�rmino provisto para que tomara los cursos, el PEJC cit� a la abogada a una vista informal el 2 de febrero de 2011. La licenciada Ramos Mart�nez no acudi� a la vista informal pero compareci� posteriormente por escrito y explic� lasrazones por las cuales se vio imposibilitada de cumplir con los requerimientos del Programa.
As� las cosas, el PEJC le otorg� una pr�rroga final de 60 d�as para cumplir con los requerimientos de educaci�n continua. Pasados varios meses, el 5 de octubre de 2012 el Programa le envi� otra comunicaci�n indicando que la referida pr�rroga hab�a vencido, y que se le estaba brindando un t�rmino adicionalde 30 d�as para que informara su cumplimiento. La licenciada Ramos Mart�nez contest� esa comunicaci�n solicitando 30 d�as adicionales a la segunda pr�rroga otorgada. Sin embargo, al d�a de hoy no ha cumplido con los requisitos reglamentarios de educaci�n jur�dica continua.
Ante esta situaci�n, el 9 de mayo de 2013 le concedimos a la letrada Ramos Mart�nez un t�rmino de 20 d�as para que mostraracausa por la cual no debiera ser suspendida indefinidamente del ejercicio de la profesi�n de la abogac�a por incumplir con los requisitos de educaci�n jur�dica continua. El 21 de mayo de 2013 compareci� la licenciada Ramos Mart�nez mediante una Moci�n para mostrar causa por incumplimiento con educaci�n continua. En esta, arguye que debido a que desde hace tiempo cerr� su oficina legal y dado aque padece de una condici�n severa de asma recurrente, entre otras condiciones m�dicas, desea renunciar voluntariamente al ejercicio de la notar�a.
II
El Canon 2 del C�digo de �tica Profesional dispone que los abogados tienen la obligaci�n de �mantener un alto grado de excelencia y competencia en su profesi�n a trav�s del estudio y la participaci�n en programas educativos demejoramiento profesional� con el �fin de viabilizar el objetivo de representaci�n legal adecuada para toda persona. 4 L.P.R.A. ap. IX., C.2; In re Rivera Trani, 2013 T.S.P.R. 65 (res. el 22 de abril de 2013).
En virtud de lo anterior, el Reglamento del Programa de Educaci�n Jur�dica Continua, supra, requiere que los abogados tomen 24 cr�ditos cada 2 a�os en cursos acreditables deeducaci�n jur�dica continua que ofrezca alguna instituci�n acreditada a esos prop�sitos, salvo algunas excepciones que se desglosan en la Regla 4.
Los abogados y abogadas tienen el deber de presentar ante la Junta de Educaci�n Jur�dica Continua un informe que acredite el cumplimiento con el m�nimo de horas cr�dito a m�s tardar a los 30 d�as subsiguientes de finalizado cada periodo de...
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