Jurisprudencia

Páginas: 34 (8485 palabras) Publicado: 20 de julio de 2012
Voces: CLAUSURA DEL ESTABLECIMIENTO ~ CONTRAVENCION ~ DOBLE INSTANCIA ~
INTERPOSICION DEL RECURSO ~ PLAZO ~ PROCEDIMIENTO CONTRAVENCIONAL ~ RECURSO
DE APELACION
Tribunal: Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal de Mar del Plata, en
pleno(CGarantiasenloPenalMardelPlata)(enpleno)
Fecha: 01/03/2010
Partes: Cigarrería San Martín S.A. (Osvaldo Rizzo)
Publicado en: LLBA 2010 (abril) connota de Néstor Osvaldo Losa LLBA 2010 (abril), 257
Cita Online: AR/JUR/237/2010
Hechos:
El juez correccional confirmó la condena de 4 días de clausura impuesta por A.R.B.A a una sociedad. Se
interpuso recurso de apelación. La Cámara en pleno declaró que el derecho a la doble instancia es aplicable en
los procesos contravencionales.
Sumarios:
1. Resulta admisible el recurso de apelacióndeducido contra el pronunciamiento del juez correccional que
confirmó la sanción de clausura impuesta a una sociedad por A.R.B.A ya que, el derecho a la doble instancia es
aplicable en los procesos contravencionales.
2. El plazo de interposición del recurso de apelación dirigido contra la sentencia del juez correccional que
confirmó la sanción de clausura impuesta por A.R.B.A, es de 20 días pues, setrata de una sentencia definitiva
en los términos del art. 441 2° párrafo del Código de Procedimiento Penal de la Provincia de Buenos Aires, y
porque dicha extensión es la que mejor protege el derecho de defensa en juicio.
3. Las sentencias dictadas por los jueces correccionales respecto de faltas o contravenciones municipales o
administrativas, no son pasibles de recurso de apelación desdeque, la aplicación de la garantía de la doble
instancia se haya supeditada a la existencia de un fallo dictado contra persona "inculpada de delito" o "declarada
culpable de un delito". (Del voto en disidencia de los Dres. Paolini y Poggetto)
4. Es inadmisible el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del juez correccional dictada en materia
contravencional pues, debe considerarsesuficientemente salvaguardada la garantía de la doble instancia con la
oportunidad que se concede al afectado de recurrir tales decisiones ante un órgano judicial por vía ordinaria, lo
cual le asegura un contralor judicial suficiente de esas decisiones previas. (Del voto en disidencia del Dr.
Fernández Daguerre)
Jurisprudencia Relacionada(*)
Corte Suprema
en"Butyl S.A.", 16/10/2002, LA LEY2003-A, 818 - DJ 2003-1, 308 dispuso que el derecho de recurrir del fallo
ante un juez o tribunal superior, previsto en el art. 8° inc. 2° ap. h de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos y art. 14 inc. 5° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (Adla,
XLIV-B, 1250; XLVI-B, 1107), se halla supeditado a la existencia de un fallo final dictado contra
persona "inculpada dedelito" o "declarada culpable de un delito", por lo que resultan ajenas a su
ámbito los pronunciamientos judiciales que condenen o absuelvan, con motivo de la imputación de
faltas, contravenciones o infracciones administrativas.
(*) Información a la época del fallo
Texto Completo:
Mar del Plata, marzo 1° de 2010.
Cuestión: ¿Corresponde la convocatoria a acuerdo plenario, en una situación comola de autos? En su caso,
¿resulta admisible el recurso de apelación contra el fallo del juez en lo correccional en los procesos
contravencionales? Y de ser así, ¿cuál es el plazo de interposición del recurso?
A la cuestión planteada el señor juez Paolini dijo:
Indico en primer lugar, que no me alberga dudas con relación a que, mediante la disposición de los arts. 451,
494 y concordantes delCPP, en lo concerniente a la regulación de los recursos de Casación ante el Tribunal
Provincial respectivo, e Inaplicabilidad de Ley por ante la SCJBA, los mismos actúan con la originaria, esencial
y valedera función unificadora de las decisiones de todos los Tribunales de la Provincia de Buenos Aires,
aparejando ello, de cumplirse verdaderamente con dicho objetivo, la ansiada seguridad...
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