Jurisprudencia
Ponencia del Magistrado Doctor ALEJANDRO ANGULO FONTIVEROS.
Dio origen al presente juicio el hecho ocurrido el 24 de octubre de 2003 en el sector barrio nuevo (vía pública) Municipio Las Piedras, en Punto Fijo, Estado Falcón, donde los funcionarios policiales ciudadanos sargento segundo RAFAEL RODRÍGUEZ, cabo segundo JHONNY FLORES y el distinguido JOEL GUTIÉRREZ, realizaban labores depatrullaje y observaron a un ciudadano en actitud sospechosa. En seguida y según el artículo 205 del Código Orgánico Procesal Penal le solicitaron al referido ciudadano que exhibiera sus pertenencias y ante la negativa del mismo fue requisado por el ciudadano distinguido JOEL GUTIÉRREZ, quien le encontró en el bolsillo delantero derecho del pantalón que vestía, una bolsa con cincuenta envoltorios(cebollita) contentivos de una substancia. Posteriormente este ciudadano fue llevado al Destacamento Policial N° 21 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, donde le realizaron nueva requisa y le encontraron dentro del zapato izquierdo otros veintidós envoltorios (cebollita) contentivos de una substancia. Según la experticia química realizada, la substancia incautada resultó ser cocaínabase con una pureza del veinticinco por ciento y un peso de SEIS GRAMOS CON NUEVE MILIGRAMOS.
Los funcionarios aprehensores dejaron asentado en el acta policial (folio 5 y su vuelto, pieza N° 1) lo siguiente:
“... Cabe destacar que para el momento de la detención no se pudo localizar algún testigo motivado a la hora y la peligrosidad del sector igualmente al momento de estar realizando dichoprocedimiento comenzaron a lanzar objetos contundentes a la comisión policial (piedras) razón por la cual nos vimos en la necesidad de retirarnos del sitio con el ciudadano y lo incautado a la brevedad ...”.
En efecto, el Tribunal de Juicio (Mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, estableció los hechos siguientes:
“... los miembros de este Tribunalconcluyen en forma unánime, que ha quedado demostrada la responsabilidad del ciudadano RAMÓN NICOLÁS MEDINA GUANIPA, en la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del Estado venezolano; toda vez que se estableció en el debate a través de lostestimonios de los funcionarios actuantes, que el ciudadano Ramón Nicolás Medina Guanipa, al ser revisado por el Distinguido Yoel (sic) Gutiérrez en la vía pública La Marina, conocida también como bajada de las Piedras del sector Barrio Nuevo del Municipio Las Piedras, se le incautó en el bolsillo derecho del pantalón una bolsa contentiva de cincuenta envoltorios de material sintético tipo cebollitas yque posteriormente al despojarlo de sus vestimenta (sic) en las instalaciones del Comando Policial, se encontró en el interior del zapato izquierdo, otros veintidós (22) envoltorios tipo cebollitas, todos contentivos de una sustancia de color blanco, la cual posteriormente se determinó que se trataba de Cocaína en forma de Base con una pureza de 25% ...”.
El Tribunal de Juicio (Mixto) delCircuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, a cargo del ciudadano juez abogado KERVIN VILLALOBOS (Presidente) y de los ciudadanos escabinos JENNY MARÍA ROMERO CUARO y RICARDO JOSÉ AULAR HERNÁNDEZ, el 5 de abril de 2005 condenó al ciudadano acusado RAMÓN NICOLÁS MEDINA GUANIPA, venezolano y sin cédula de identidad, a cumplir la pena de DIEZ AÑOS DE PRISIÓN, más las accesoriascorrespondientes, por el delito de TRÁFICO DE SUBSTANCIAS ESTUPEFACIENTES y PSICOTRÓPICAS, tipificado en el artículo 34 de la derogada Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Contra ese fallo interpuso recurso de apelación la ciudadana abogada XIOMARA FRENELLÍN, Defensora del ciudadano acusado RAMÓN NICOLÁS MEDINA GUANIPA.
El ciudadano abogado RICHARD IGNACIO PÉREZ...
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