jurisprudencia

Páginas: 46 (11298 palabras) Publicado: 22 de octubre de 2014
Tesis del Poder Judicial de la Federacin relacionadas con el tema de los Derechos Humanos Tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nacin. Registro No. 164718 Localizacin Novena pocaInstancia PlenoFuente Semanario Judicial de la Federacin y su GacetaXXXI, Abril de 2010Pgina 1599Tesis P./J. 51/2010JurisprudenciaMateria(s) Constitucional PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO QUE DIO ORIGENAL DECRETO NMERO 187, POR EL QUE SE REFORMAN LOS ARTCULOS 25 Y 120 DE LA CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE DURANGO. NO VULNERA LAS GARANTAS DE DEBIDO PROCESO Y LEGALIDAD, NI LOS PRINCIPIOS EN QUE SE FUNDA LA DEMOCRACIA DELIBERATIVA. El hecho de que en un solo da se hubiesen llevado a cabo la primera y la segunda lecturas, la discusin y la aprobacin del dictamen presentado por laComisin de Estudios Constitucionales del Congreso del Estado de Durango, del que deriv el Decreto 187, por el que se reforman los artculos 25 y 120 de la Constitucin Poltica de la indicada entidad federativa, publicado en el Peridico Oficial del Estado el 12 de noviembre de 2008, no implica vulneracin a las garantas de debido proceso y legalidad contenidas en los artculos 14, segundo prrafo y 16,primer prrafo, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos. Lo anterior es as porque, por una parte, la circunstancia de que el dictamen fue aprobado en un mismo da y durante la noche no implica que sea el resultado de un procedimiento viciado, pues no impidi el cumplimiento de las formalidades del procedimiento establecidas en la ley local -la cual slo exige que esas etapas sedesarrollen en diferentes sesiones y que los diputados cuenten, previo a la discusin, con copia del dictamen respectivo- y, por otra, tampoco se vulneraron los principios de la democracia representativa, fundamentalmente el principio deliberativo, ya que tanto en el seno de la Comisin como en el Pleno del Congreso, se dio oportunidad a que los diputados que quisieran intervenir en el debate para que lohicieran, exponiendo sus puntos de vista a favor o en contra del dictamen, aceptndose, incluso, algunas modificaciones propuestas por los que se manifestaron en contra, lo que demuestra que el rgano legislativo tuvo suficiente tiempo para conocer dicha iniciativa y realizar un debate sobre ella, en el que las minoras participaron. Accin de inconstitucionalidad 126/2008 y sus acumuladas 127/2008 y128/2008. Partido Accin Nacional, Diputados integrantes de la Sexagsima Cuarta Legislatura del Congreso del Estado de Durango y Partido de la Revolucin Democrtica. 28 de septiembre de 2009. Unanimidad de diez votos. Ausente Jos de Jess Gudio Pelayo. Ponente Sergio A. Valls Hernndez. Secretaria Laura Garca Velasco. El Tribunal Pleno, el doce de abril en curso, aprob, con el nmero 51/2010, la tesisjurisprudencial que antecede. Mxico, Distrito Federal, a doce de abril de dos mil diez. Registro No. 165966 Localizacin Novena pocaInstancia PlenoFuente Semanario Judicial de la Federacin y su GacetaXXX, Noviembre de 2009Pgina 18Tesis P./J. 135/2008JurisprudenciaMateria(s) Constitucional, Administrativa ISSSTE. LA FALTA DE PREVISIN DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA PROPIEDAD DEL INSTITUTO, NO VIOLA LADECLARACIN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (LEGISLACIN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ABRIL DE 2007). Aun cuando es cierto que la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, no prev el arrendamiento de vivienda para los trabajadores, no se provoca violacin al instrumento internacional referido, dado que en el rubro de vivienda, contempla prstamoshipotecarios y financiamiento en general para vivienda, en sus modalidades de adquisicin en propiedad de terrenos o casas habitacin, construccin, reparacin, ampliacin o mejoras de las mismas y para el pago de pasivos adquiridos por estos conceptos por lo que los artculos 22 y 25.1, de dicho instrumento, que contemplan respectivamente, el derecho de toda persona a la seguridad social mediante el esfuerzo...
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