Jurisprudencia

Páginas: 8 (1967 palabras) Publicado: 17 de febrero de 2013
ACCION DE EJECUCION POR LO POSITIVO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO
Serie 17 Gaceta Judicial 14 de 28-oct-2003 Estado: Vigente
ACCION DE EJECUCION POR LO POSITIVO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO El silencio administrativo durante el lapso señalado por la ley, cuando ésta expresamente le da un efecto positivo, origina un derecho autónomo, que no tiene relación alguna con sus antecedentes, y que enconsecuencia, de no ser ejecutado de inmediato por la administración, puede ser base suficiente para iniciar un recurso, no de conocimiento si no de ejecución, ante la respectiva jurisdicción contencioso administrativa; derecho este que una vez establecido no sufre menoscabo alguno por cualquiera manifestación posterior en contrario de la autoridad administrativa que guardó el silencio que le dioorigen, debiendo añadir que la acción a proponerse para hacer efectivo el derecho obtenido como efecto del silencio, administrativo será una acción de puro derecho, en la que en consecuencia no cabe la apertura de un término de prueba ya que esta tiene como únicos y exclusivos propósitos establecer que el petitorio aprobado por el silencio administrativo se dirigió a la autoridad que tenía lacompetencia para resolverlo y que lo así aprobado no habría estado afectado por nulidad absoluta de haber sido aprobado por la autoridad a la que se dirigió la petición o reclamo. Vale la pena manifestar aquí, que si bien de acuerdo con lo expresamente señalado por la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que recogía la doctrina francesa de la decisión ejecutoria previa, era condiciónindispensable para proponer un recurso en la vía contencioso administrativa que se haya dictado previamente un acto administrativo en el que se negaba las pretensiones del actor, tal limitación evidentemente desapareció con la expedición Art. 38 de la Ley de Modernización del Estado. Gaceta Judicial. Año CV. Serie XVII. No. 14. Página 4796. (Quito, 28 de octubre de 2003) RESOLUCION DEL RECURSO DECASACION. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Quito, a 28 de octubre de 2003; las 15H00. VISTOS (235/02).- Juan Solano Bernal por sus propios derechos y en calidad de procurador común de los otros actores deduce recurso de casación en contra de la sentencia dictada por el Tribunal Distrital Nro. 3 de lo Contencioso Administrativo en el juicio seguido por los recurrentes encontra de la I. Municipalidad de Cuenca, sentencia en la cual se declara sin lugar la demanda. Sostiene el recurrente que en el fallo recurrido se han infringido las disposiciones del Art. 3 del Reglamento de Clasificación del Personal Municipal, Nomenclatura y Régimen Remunerativo aplicables a los servidores y funcionarios de la I. Municipalidad de Cuenca, por errónea interpretación de la norma;falta de aplicación del Art. 18, reglas cuarta, quinta y sexta del Código Civil y falta de aplicación de los preceptos jurisprudenciales relativos a la ejecución judicial de los derechos surgidos del silencio administrativo, infracciones que configuran la causal primera de las establecidas por el Art. 3 de la Ley de Casación. Con oportunidad de la calificación del recurso se estableció lajurisdicción y competencia de la Sala para conocerlo y resolverlo, precedente procesal que no ha variado, por lo que habiéndose concluido todo el trámite establecido por la ley para la casación en el presente caso, es procedente que se dicte sentencia, a efecto de lo cual se hacen las siguientes consideraciones: PRIMERO.- Habiéndose alegado en su oportunidad la aprobación de lo solicitado por los accionantescomo consecuencia del silencio administrativo e interponiéndose la casación, entre otros motivos por una presunta falta de aplicación de los precedentes jurisprudenciales relativos al silencio administrativo, parece oportuno una vez más referirnos a lo que ha sido la doctrina constante de esta Sala en relación a los efectos de la institución del silencio administrativo, que de conformidad con...
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