Jurisprudencia
Por otraparte, aunque una tesis de jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia aluda a un artículo de una legislación abrogada, el criterio sostenido en dicha tesis aún es aplicable siempre que una disposiciónde la ley vigente contemple sustancialmente la misma prevención. En efecto, si se derogó la ley en que aparece un precepto interpretado por la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de laNación, pero el legislador lo reproduce en un ordenamiento nuevo y lo destina a regir las mismas situaciones que en el anterior, el criterio adoptado subsiste con la misma fuerza obligatoria.
Alaplicarse jurisprudencia formada con posterioridad a la fecha de un acto reclamado en el juicio de amparo, pero que interpreta la ley que lo rige, no se viola en perjuicio del quejoso el principioconstitucional de irretroactividad de la ley, pues la jurisprudencia no es una ley nueva ni diferente, sino la mera interpretación de la ley. Entonces, la aplicación de la jurisprudencia no es sino la misma...
Regístrate para leer el documento completo.