Jurisprudencia
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Novena Época
Registro:
167306
Instancia:
Tribunales Colegiados de Circuito
Jurisprudencia
Fuente:
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XXIX, Mayo de 2009
Materia(s): Común
Tesis:
I.3o.C. J/58Página: 887
AUTORIDAD ORDENADORA Y EJECUTORA PARA EFECTOS DEL AMPARO DIRECTO.
La fracción II del artículo 5o. de la Ley de Amparo, contempla como parte en el juicio de garantías a la autoridad responsable, sin precisar sobre la naturaleza de ordenadora o ejecutora que ésta puede tener en virtud de su vinculacióncon el acto reclamado, por ello es menester atender a la etimología de la palabra autoridad "auctoritas" que en su origen excluía totalmente la idea de poder y de fuerza, propias de los vocablos latinos "potestas" e "imperium". Así, para los fines de la materia de amparo, es evidente que la palabra autoridad tiene el matiz de poder o fuerza consubstancial tanto a entidades como a funcionarios parahacer cumplir sus determinaciones. La autoridad en nuestros días se entiende como el órgano del Estado investido de facultades de decisión o de ejecución que dicta, promulga, publica, ordena, ejecuta o trata de ejecutar la ley o el acto reclamado, como violatorio de garantías o del sistema de distribución de competencias entre la Federación y los Estados, que está obligada a rendir el informejustificado correspondiente y a quien corresponde defender la constitucionalidad de dicha ley o acto. Hasta mil novecientos noventa y siete, en el sistema jurídico mexicano se sostuvo que el concepto de autoridad para efectos del amparo comprendía a todas aquellas personas que disponían de la fuerza pública, en virtud de circunstancias legales o de hecho y que, por lo mismo, estaban en posibilidadmaterial de obrar como individuos que ejercieran actos públicos, por el hecho de ser pública la fuerza de que disponían; este criterio fue interrumpido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para ahora establecer que en cada caso se debe analizar si se satisfacen o no los presupuestos para determinar cuándo una autoridad puede ser considerada o no, como autoridad responsable para efectos delamparo, porque con independencia de que pueda ejercer la fuerza pública de manera directa o por conducto de otras autoridades, como órgano de Estado perteneciente a la administración pública centralizada o paraestatal, ejerce facultades decisorias que le están atribuidas en la ley, de manera unilateral, a través de los cuales crea, modifica o extingue situaciones jurídicas que afectan la esfera delos gobernados. Así, las características distintivas que debe tener una autoridad a fin de ser considerada como tal para los efectos del amparo, son: 1) La existencia de un ente de hecho o de derecho que establece una relación de supra a subordinación con un particular; 2) Que esa relación tenga su nacimiento en la ley, lo que dota al ente de una facultad administrativa, cuyo ejercicio esirrenunciable, al ser de naturaleza pública la fuente de esa potestad; 3) Que con motivo de esa relación emita actos unilaterales a través de los cuales cree, modifique o extinga por sí o ante sí, situaciones jurídicas que afecten la esfera legal del particular; y 4) Que para emitir esos actos no requiera acudir a los órganos judiciales ni precise del consenso de la voluntad del afectado. Como puedeobservarse, estas características no restringen el concepto de autoridad a aquellos organismos que forman parte de la administración pública en sus distintos órdenes (federal, estatal o municipal); se trata de cualquier ente público, en donde se incluyen organismos centralizados, paraestatales, autónomos, cualquiera que sea su denominación. También puede observarse que no siempre los entes que...
Regístrate para leer el documento completo.