jurisprudencia

Páginas: 9 (2139 palabras) Publicado: 8 de enero de 2016
Tribunal: Cám. Nac. de Apelaciones en lo Civil - Sala E
Autos: Pochat, Ana M. C. c/Apesteguy, Anabella s/Desalojo
Fecha: 05-06-2007
Cita: IJ-XXII-712
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala E
Buenos Aires, 5 de Junio de 2007.-
Y Vistos:

I.- Contra la resolución de fs. 122, que desestimó el incidente de nulidad promovido a fs. 83/6, alza sus quejas la demandada Anabella Apesteguy,quien las expresa en el memorial que obra agregado a fs. 138/9, cuyo traslado fue contestado a fs. 148/52.

II.- En el pronunciamiento apelado, el Sr. juez a quo consideró válida la notificación realizada en autos en el domicilio que constituyera en oportunidad de suscribir el contrato de locación cuya copia obra glosada a fs. 2/3, alegando que si bien se trata de un documento privado, su autenticidadno fue cuestionada por la incidentista.
En efecto, el contrato que sirve de base al presente no ha sido objetado por la recurrente, a lo que debe sumarse que la interesada fue notificada a fs. 38 en el domicilio que constituyera en el contrato que vinculara a las partes.
Cabe recordar que el establecimiento de un domicilio especial en los contratos obedece, entre otras razones, a la finalidad defacilitar al acreedor los requerimientos y notificaciones, estableciendo con certeza el lugar en que han de practicarse; y con relación al deudor, para facilitarle y asegurarle su recepción (conforme Fassi-Yáñez, “Código Procesal...”, T. I, com. art. 40, Nº 8 y sus citas, págs. 310; Cám. Nac. Civ., esta Sala, c. 188.242 del 08-02-96). Si a ello se suma que sólo quien comunica fehacientemente alacreedor la constitución de uno nuevo, puede pedir la nulidad de la intimación de pago efectuada en el domicilio constituido en el contrato (conforme Cám. Nac. Civ., esta Sala, c. 188.242 del 08-02-96 y c. 190.007 del 28-02-96; Sala J, c. 83.338 del 04-10-88; Sala L, C. 46.915 del 15-12-93), forzoso es concluir que la queja debe ser desestimada.
No resulta óbice a lo expuesto, lo sostenido por larecurrente respecto de la devolución de las llaves -extremo éste que ha sido negado por su contraria, quien además objeta los efectos que correspondería atribuirle a dicho acto-, por cuanto más allá de lo que pudiere resolverse en oportunidad de dictarse un pronunciamiento definitivo, resulta correcta en este estado del proceso la notificación dirigida al domicilio constituido en el contrato delocación que vinculara a las partes, por lo que la solución adoptada por el a quo resulta ajustada a derecho.
Por ello, Se Resuelve: I) Confirmar la resolución de fs. 122. II) Las costas de Alzada se imponen a la vencida (art. 69 del C.P.C.C.N.). Notifíquese y devuélvase.-
Mario P. Calatayud - Fernando M. Racimo - Juan C. G. Dupuis
Tribunal: Cám. Nac. de Apelaciones en lo Civil - Sala F
Autos: DeAngelis de Marino, María c/Copes, Carlos E. L. s/Desalojo
Fecha: 01-10-1999
Cita: IJ-XV-850
Sumarios :
1. La intimación fehaciente del pago de la cantidad debida se cumple enviando la carta documento a la dirección de la finca arrendada y designada por el locatario, por cuanto la ley no obliga al locador a realizar una búsqueda telegráfica para enterarlo de su obligación.
2. No puede fundarse elrechazo de una acción de desalojo por falta de pago en la falta de recepción de la intimación legal por ausencia voluntaria del locatario, toda vez que este requisito tiene por objeto acordarle a este último una oportunidad para abonar los cánones adeudados antes de la promoción del juicio respectivo.
3. Aún cuando no se hubiera cumplido con la intimación previa que requiere el art. 5° de la Ley Nº23.091, ello no obsta a la procedencia de la acción de desalojo por falta de pago cuando el demandado, debidamente notificado del traslado de la acción, no paga las sumas que se anuncian como adeudadas en la demanda ni acredita haberlas abonado, dentro del plazo que le fuera conferido para contestarlo.
Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Sala F
Buenos Aires, 1 de Octubre de 1999.-El Dr....
Leer documento completo

Regístrate para leer el documento completo.

Estos documentos también te pueden resultar útiles

  • La jurisprudencia
  • JURISPRUDENCIAS
  • jurisprudencia
  • Jurisprudencias
  • Jurisprudencia
  • jurisprudencia
  • Jurisprudencia
  • JURISPRUDENCIAS

Conviértase en miembro formal de Buenas Tareas

INSCRÍBETE - ES GRATIS