Jurisprudencia
NÚMERO19270
FECHA DE EXPEDICIÓN21 Febrero 2002
TEMAS ESPECÍFICOSCONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ENTIDADES PÚBLICAS
PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
ENTIDAD DE ORIGENCONSEJO DE ESTADO
SALACONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓNTERCERA
PONENTEHERNÁNDEZ ENRÍQUEZ, ALIER EDUARDO
CONTENIDOCOBRO EJECUTIVO DE TÍTULO-VALOR DERIVADO DE CONTRATO ESTATAL. JURISDICCIÓN COMPETENTE.REVISTA JURISPRUDENCIA Y DOCTRINA N°365 DE MAYO DE 2002, PG.1029
NÚMERO DE PÁGINAS7
Auto 19270 de febrero 21 de 2002
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
COBRO EJECUTIVO DE TÍTULO VALOR DERIVADO DE CONTRATO ESTATAL
JURISDICCIÓN COMPETENTE
EXTRACTOS: «No ha resultado fácil establecer la competencia funcional para conocer procesos ejecutivos derivados decontroversias contractuales cuando el título ejecutivo está integrado por el contrato y un título valor.
En reiteradas oportunidades el Consejo Superior de la Judicatura ha decidido que la competencia funcional para adelantar procesos ejecutivos que se deriven de una relación contractual del Estado, sin importar si la obligación ha sido incorporada en un título valor, ha sido atribuida a lajurisdicción contencioso administrativa. En cambio, esta Sala (1) ha sostenido que siempre que se allegue un título valor, sin importar la naturaleza del contrato que le sirvió de causa, el crédito debe cobrarse ante la jurisdicción ordinaria en ejercicio de la acción cambiaria.
(1) Consejo de Estado, Sección Tercera. Autos de 22 de junio de 2000, expediente 17089 de 3 de agosto de 2000; expediente 16959dos de febrero de 2001; expediente 18403 de 27 de enero de 2000; expediente 16048 de 19 de febrero de 1998; expediente 13690 de 19 de febrero de 1999; expediente 16046 de 28 de septiembre de 2000; expediente 17940, entre otros.
Las razones expuestas por la Sala, se fundan en los principios de autonomía y literalidad propios de los títulos valores. Se ha entendido que, de acuerdo con el principiode literalidad, los alcances del derecho que se incorpora al título están determinados por su tenor literal, y que, en tratándose de títulos crediticios, ellos adquieren autonomía respecto del contrato subyacente en el momento de su creación.
Este criterio corresponde a la visión según la cual los títulos valores adquieren una absoluta autonomía por virtud de los principios de literalidad eincorporación, tal como lo expone el profesor Roberto Mantilla Molina:
“La literalidad y la incorporación son notas suficientes para delimitar el concepto de título de crédito. La autonomía, que resulta de diversas normas jurídicas... puede deducirse de la literalidad, pues si el texto del documento es medida de los derechos de su tenedor, si no pueden invocarse en contra de él circunstancias que noaparezcan en dicho texto, resulta que su derecho es autónomo, y ello en una doble dirección: independiente de la relación o negocio jurídico que dio lugar a la emisión, si se trata de un título cambiario, que como tal es abstracto; e independiente de la situación jurídica en que hubiera estado cualquier anterior tenedor” (2) .
(2) MANTILLA MOLINA, Roberto. Títulos de Crédito Cambiarios.Editorial Porrúa. S.A. México 1977, pág. 43-44.
Teorías de la abstracción y de la causalidad de los títulos valores y sus consecuencias.
La denominada teoría abstracta de los títulos valores, parte “de la afirmación de que el régimen cambiario difiere fundamentalmente del derecho común y para explicar sus institutos y su razón de ser y su finalidad debemos atenernos únicamente a los principios y normasque rigen en materia cambiaria. En consecuencia, una obligación, sujeta al derecho común... se aparta de él y pasa a estar regida por el derecho cambiario, cuando se documenta en un pagaré o letra de cambio” (3) .
(3) DESPOUY, Leandro O. Causa en los Títulos de Crédito. Revista del Derecho Comercial y de las Obligaciones, Vol. 6 Nº 31-36 año 1973, pág. 479-480.
Se enfrenta esta teoría a las...
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