Jurisprudencias De Visitas Y Convivencias

Páginas: 20 (4800 palabras) Publicado: 4 de noviembre de 2012
RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS. DEBE ESCUCHARSE AL MENOR ANTES DE SU FIJACIÓN, AUN TRATÁNDOSE DEL DIVORCIO SIN CAUSA.

El Juez debe escuchar al menor antes de fijar el régimen de visitas y convivencias, aun cuando se trate de divorcio sin causa que regula el artículo 266 del Código Civil para el Distrito Federal, porque constituye un derecho humano que debe ser respetado, en términos de losartículos 1o. de la Constitución Federal; 1 a 41 de la Convención sobre los Derechos del Niño; 3, 4, 7, 41, 48 y 49 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 1 y 4 de la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal; y 282, apartado B, fracción III, y 283, fracción III, y último párrafo, estos últimos del ordenamiento legal primeramente citado.QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.


I.5o.C.129 C


Amparo directo 309/2010. 10 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretario: Enrique Cantoya Herrejón.

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo XXXII, Agosto 2010. Pág. 2338.Tesis Aislada.

RÉGIMEN DE VISITAS Y CONVIVENCIAS. DEBE ESCUCHARSE AL MENOR ANTES DE FIJARLO, AUN CUANDO LOS PADRES LO HAYAN CONVENIDO.

El hecho de que los padres del menor estén de acuerdo con el régimen de visitas y convivencias, no es obstáculo para que aquél pueda ejercer su derecho a conocer y opinar sobre el régimen al que estará sujeto, pues se trata de un derecho humano que se deberespetar en términos de los artículos 1o. de la Constitución Federal; 1 a 41 de la Convención sobre los Derechos del Niño; 3, 4, 7, 41, 48 y 49 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 1 y 4 de la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños en el Distrito Federal; y 282, apartado B, fracción III, y 283, fracción III, y último párrafo, del Código Civil para el DistritoFederal.

QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.


I.5o.C.130 C


Amparo directo 309/2010. 10 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Walter Arellano Hobelsberger. Secretario: Enrique Cantoya Herrejón.

Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Epoca. Tomo XXXII, Agosto 2010. Pág.2338. Tesis Aislada.





Época: Novena Época

Registro: 172 626

Instancia: TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL NOVENO CIRCUITO.

TipoTesis: Tesis Aislada

Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta

Localización: XXV, Mayo de 2007

Materia(s): Civil

Tesis: IX.3o.9 C

Pág. 2016



ALIMENTOS PARA MENORES. EN SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA, CUANDO ELAPELANTE HAYA OMITIDO TOTAL O PARCIALMENTE EL SEÑALAMIENTO DE LAS CONSTANCIAS NECESARIAS PARA LA SUSTANCIACIÓN DE LA ALZADA, DEBEN RECABARSE DE OFICIO SI ESTÁ DE POR MEDIO DIRECTA O INDIRECTAMENTE LA AFECTACIÓN A LA ESFERA JURÍDICA DE AQUÉLLOS EN RELACIÓN CON SU DERECHO A PERCIBIRLOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE SAN LUIS POTOSÍ).



Conforme a la teleología de las normas que establecen lainstitución de la suplencia de la queja deficiente en materia de amparo, a los criterios emitidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a los compromisos internacionales suscritos por el Estado mexicano que buscan proteger en toda su amplitud los intereses de menores de edad, aplicando siempre en su beneficio la suplencia de la deficiencia de la queja, con independencia de los derechos cuestionadosy de quien o quienes promuevan el juicio de amparo o interpongan los recursos que la ley de la materia prevé, la que debe operar -suplencia- desde la demanda (el escrito) hasta la ejecución de sentencia incluyendo omisiones en la demanda, insuficiencia de conceptos de violación y de agravios, recabar pruebas de manera oficiosa, esto es, en todos los actos que integran el desarrollo del juicio...
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