Jurisprudencias, mercantil..

Páginas: 7 (1508 palabras) Publicado: 3 de mayo de 2011
JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. INAPLICABILIDAD SUPLETORIA DE LOS ARTÍCULOS 349 Y 350 DEL CÓDIGO CIVIL DEL ESTADO DE PUEBLA AL CÓDIGO DE COMERCIO.
El procedimiento del juicio ejecutivo mercantil tiene una sustanciación especial determinada por el Código de Comercio; en éste se fijan las reglas específicas en cuanto a la aplicación supletoria de leyes, tales reglas se encuentran contenidas en susartículos 1054 y 1414, los cuales respectivamente disponen: Artículo 1054. En caso de no existir convenio de las partes sobre el procedimiento ante tribunales en los términos de los anteriores artículos, salvo que las leyes mercantiles establezcan un procedimiento especial o una supletoriedad expresa, los juicios mercantiles se regirán por las disposiciones de este libro y en su defecto se aplicará laley de procedimientos local respectiva., y Artículo 1414. Cualquier incidente o cuestión que se suscitare en los juicios ejecutivos mercantiles, serán resueltos por el Juez con apoyo en las disposiciones respectivas de este título, y en su defecto, en lo relativo a los incidentes en los juicios ordinarios mercantiles; y a falta de unas y otras, a lo que disponga la ley procesal de la entidadfederativa correspondiente, procurando la mayor equidad entre las partes sin perjuicio para ninguna de ellas.. De lo anterior claramente se desprende que al ser el juicio ejecutivo mercantil un juicio de sustanciación especial contenido en el Código de Comercio, para la aplicación de leyes supletorias al mismo, es necesario atender al contenido de las leyes que lo regulan, las cuales de manera precisaestablecen que en su defecto se aplicará supletoriamente la ley procesal de la entidad federativa correspondiente. Por tanto, la ley que se aplica supletoriamente es el código procesal civil del Estado y no el Código Civil sustantivo de la entidad correspondiente. Así, al no resultar aplicable al juicio ejecutivo mercantil el Código Civil sustantivo sino el adjetivo, son inaplicables losartículos 349 y 350 del Código Civil del Estado de Puebla, que establecen: Artículo 349. Cuando sea emplazado en juicio quien esté casado con régimen de sociedad conyugal deberá, al contestar la demanda, manifestar al Juez, bajo protesta de decir verdad, la fecha de su matrimonio, el Juez del Estado Civil que lo autorizó, el nombre de su cónyuge, y la dirección del domicilio personal de éste, en caso deque se halle separado del domicilio familiar. y Artículo 350. Si el cónyuge demandado no cumple al contestar la demanda, con el deber que le impone el artículo anterior, o cuando el juicio se siga en rebeldía, la sentencia surte efectos a favor o en contra del otro cónyuge, pero de los daños y perjuicios que esa sentencia cause a éste, responderá el demandado.; en virtud de que en materia mercantiles inaplicable, en forma supletoria el Código Civil estatal al Código de Comercio, por tratarse éste de un ordenamiento de carácter federal respecto del cual los criterios jurisprudenciales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación han determinado que sólo en materia procesal son aplicables supletoriamente los dispositivos de los Códigos de Procedimientos Civiles de los diferentes Estados de laRepública en que se tramite cada caso, pero en el aspecto sustantivo conforme al artículo 2o. del referido Código de Comercio, cuando previene que serán supletorias las disposiciones del derecho común, debe entenderse que son las contenidas en el Código Civil aplicable en materia federal, por lo que es inconcuso que de ninguna manera pueden ser aplicables en forma supletoria los referidosartículos 349 y 350 del Código Civil de Puebla.
Clave: 1a./J. , Núm.: 43/2001
Contradicción de tesis 100/99. Entre las sustentadas por el Primer y Segundo Tribunales Colegiados en Materia Civil del Sexto Circuito y Cuarto Tribunal Colegiado del Sexto Circuito, ahora Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del mismo circuito. 28 de marzo de 2001. Cinco votos. Ponente: Olga Sánchez Cordero de García...
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