Jurisprudencias nulidad de notificaciones

Páginas: 11 (2613 palabras) Publicado: 6 de julio de 2011
Registro No. 166353
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXX, Septiembre de 2009
Página: 617
Tesis: 2a./J. 120/2009
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa
NOTIFICACIONES DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS DESCONOCIDOS POR EL CONTRIBUYENTE A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 129, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN.SÓLO LOS DESIGNADOS EN LAS PROMOCIONES FISCALES DE MANERA ESPECÍFICA CONFORME AL CITADO NUMERAL ESTÁN FACULTADOS PARA RECIBIRLAS.
El citado numeral dispone que cuando se alegue que un acto administrativo no fue notificado o lo fue ilegalmente, siempre que se trate de los recurribles conforme al artículo 117 del Código Fiscal de la Federación, se estará, entre otras, a la regla concerniente a quesi el particular niega conocer el acto manifestará tal desconocimiento al interponer el recurso relativo ante la autoridad competente, la cual le dará a conocer el acto junto con su notificación que del mismo se hubiera practicado, teniendo aquél el deber de señalar en su escrito del recurso, entre otros datos, nombre de la persona facultada para recibir la documentación indicada, pues de locontrario la autoridad dará a conocer el acto y su notificación por estrados. De ahí que tal designación especial constituya un requisito específico establecido por la ley, con el propósito de garantizar que el particular conozca plenamente el acto administrativo ignorado, lo cual excluye la posibilidad de que el autorizado en términos del artículo 19 del Código Fiscal de la Federación pueda recibiresa clase de notificaciones.
Contradicción de tesis 222/2009. Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, actualmente Tribunal Colegiado en Materias Civil y Administrativa del Décimo Tercer Circuito y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito, actualmente Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Tercer Circuito. 12 deagosto de 2009. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: María Antonieta del Carmen Torpey Cervantes.

Tesis de jurisprudencia 120/2009. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del diecinueve de agosto de dos mil nueve.

Registro No. 169844
Localización:
Novena Época
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Fuente: Semanario Judicial dela Federación y su Gaceta
XXVII, Abril de 2008
Página: 2118
Tesis: I.4o.A. J/59
Jurisprudencia
Materia(s): Administrativa
NOTIFICACIONES FISCALES. REQUISITOS DE VALIDEZ CUANDO SE ENTIENDEN CON PERSONA DISTINTA DE LA PERSONA MORAL INTERESADA.
Conforme al artículo 137 del Código Fiscal de la Federación, cuando se trata de notificar a una persona moral, el notificador debe requerir lapresencia de su representante legal y, en caso de no encontrarlo, le dejará citatorio para que lo espere a determinada hora del día hábil siguiente. Así, la intención del legislador es que la notificación no se entienda como una mera puesta en conocimiento del particular de un acto o resolución fiscal, sino como la expresión tanto de la certeza de que se efectúa con el representante legal, en el lugarseñalado para recibirlas, como de los datos que demuestren la circunstancia que llevó al notificador a realizar la diligencia con persona distinta de la interesada. Así, aunque en dicho precepto no se diga expresamente, se entiende que tales circunstancias deben asentarse en el acta levantada con motivo de la actuación, pues es precisamente en tal documento en el que deben constar los pormenores dela diligencia, a efecto de cumplir con la fundamentación y motivación que debe revestir todo acto de autoridad. Por consiguiente, cuando se notifica una resolución, previo citatorio, a quien se encuentre en el domicilio y no al representante legal de la persona moral a la que debe notificarse, debe asentarse que se requirió su presencia, se le dejó citatorio y no esperó, sin que sea necesario...
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