Jurisprudencias

Páginas: 16 (3976 palabras) Publicado: 21 de febrero de 2012
Registro No. 168842
Localización:
Novena Época
Instancia: Segunda Sala
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
XXVIII, Septiembre de 2008
Página: 277
Tesis: 2a. CXIX/2008
Tesis Aislada
Materia(s): Constitucional, Administrativa
PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. AL PERMITIR SU DISMINUCIÓN DE LA UTILIDAD FISCAL EN EL CÁLCULO DEL IMPUESTOSOBRE LA RENTA, EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XXV, DE LA LEY RELATIVA, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO TRIBUTARIO DE PROPORCIONALIDAD (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1o. DE ENERO DE 2005).
El Tribunal en Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la jurisprudencia P./J. 19/2005, de rubro: "PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES DE LAS EMPRESAS. EL ARTÍCULO 32, FRACCIÓN XXV, DELA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, QUE PROHÍBE SU DEDUCCIÓN, TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD.", sostuvo que tomando en cuenta que la erogación realizada por el patrón por concepto de participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas constituye un deber constitucional y legal vinculado con la prestación de un servicio personal subordinado, y dada la naturaleza delgasto que implica repartir a los trabajadores dichas utilidades, el artículo 32, fracción XXV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que prohíbe su deducción, transgrede el principio tributario de proporcionalidad contenido en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ya que desconoce el impacto negativo producido en el haber patrimonial de la empresae impide que determine la base gravable del impuesto tomando en cuenta la verdadera capacidad contributiva. Sin embargo, a partir de la reforma al artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, vigente desde el 1o. de enero de 2005, se modificó la mecánica de cálculo del tributo indicado, estableciendo que el desembolso realizado por la persona moral al pagar la participación de sustrabajadores en las utilidades de la empresa no se deduce directamente de los ingresos acumulables, sino que se disminuye de la utilidad fiscal (ingreso neto), sin afectarse la base gravable, porque ésta se obtiene sin considerar ese concepto, dado que la disminución se aplica una vez obtenida la utilidad fiscal y, en consecuencia, el artículo 32, fracción XXV, de la Ley del Impuesto sobre la Renta, auncuando prohíbe la deducción de las cantidades entregadas por concepto de utilidades de las empresas, no transgrede el principio tributario de proporcionalidad.
Amparo en revisión 433/2008. Geo Guanajuato, S.A. de C.V. 13 de agosto de 2008. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretaria: Claudia Mendoza Polanco.

Nota: La tesis P./J. 19/2005 citada, aparece publicada en el SemanarioJudicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI, mayo de 2005, página 5.

Método de participación |
El método de participación consiste en ajustar el valor de la inversión en la asociada derivado del reconocimiento inicial según los párrafos 13 a 16, por los siguientes conceptos generados con posterioridad al reconocimiento inicial: |
| a) utilidades o pérdidas integrales dela asociada; y |
| b) distribución de utilidades o reembolso de capital por la asociada. |
Con base en su participación en la asociada, la tenedora debe reconocer la porción correspondiente de las utilidades o pérdidas integrales o, en términos generales, de los beneficios económicos generados por la asociada, lo cual debe hacerse en rubros de la misma naturaleza que los que reconoció laasociada y tomando en cuenta lo establecido en los párrafos 28 a 31; por ejemplo, la utilidad o pérdida neta de la asociada debe reconocerse en la utilidad o pérdida neta de la tenedora; un efecto por conversión reconocido por la asociada debe reconocerse por la tenedora en la partida integral que sea de naturaleza similar. |
Debido a que los ajustes a valor razonable de los activos netos de la...
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