jurisprudencias
Registro: 162526
Instancia: Segunda Sala
Tipo de Tesis: Jurisprudencia
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XXXIII, Marzo de 2011
Materia(s): Administrativa
Tesis: 2a./J. 44/2011
Página: 791
ORDEN DE VISITA DOMICILIARIA. NO ES IMPRESCINDIBLE CITAR EN ÉSTA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 42 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN PARA SUDEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, CUANDO SE ORDENA PRACTICAR CON BASE EN LA FRACCIÓN III DE DICHO PRECEPTO.
Para estimar debidamente fundada una orden de visita domiciliaria no se requiere, como condición imprescindible, que en ésta se cite el primer párrafo del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación, pues la fracción III de dicho precepto consigna la facultad de la autoridad parapracticar la visita a los contribuyentes; y esta fracción, por referencia lógica y obligada, está vinculada con el primer párrafo de dicho numeral que es el que contiene el verbo rector y facultad que se confiere a la autoridad. En efecto, en el primer párrafo del citado artículo 42, se señala el sujeto titular de la facultad, esto es, las autoridades fiscales, así como la finalidad de la facultadque se les confiere, es decir, comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales, determinar contribuciones o créditos, comprobar la comisión de delitos o proporcionar información, todo lo cual se consigna bajo la voz "estarán facultadas para" y a continuación se detallan los procedimientos mediante los cuales pueden ejercerse esas facultades. Por ello, la fracción III no tiene una existenciaautónoma del primer párrafo de dicho precepto donde se encuentra anunciada la facultad; de manera que al citar el artículo 42 se entiende invocado su primer párrafo, y se cumple con la garantía de debida motivación contenida en el artículo 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cuando se indica la facultad específica que se ejerce. Por ello, no es imprescindible que laautoridad tenga que referirse a la oración rectora de la facultad que se ejerce en la fracción III del artículo 42 del Código Fiscal de la Federación.
Contradicción de tesis 425/2010. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Segundo y Cuarto, ambos del Décimo Quinto Circuito. 9 de febrero de 2011. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: Diana Minerva PuenteZamora.
Tesis de jurisprudencia 44/2011. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dieciséis de febrero de dos mil once.
Época: Novena Época
Registro: 186759
Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito
Tipo de Tesis: Aislada
Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Tomo XV, Junio de 2002
Materia(s): Administrativa
Tesis:VII.2o.A.T.40 A
Página: 671
MULTAS FISCALES IMPUESTAS EN CANTIDADES ACTUALIZADAS EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. REQUISITOS PARA SU DEBIDA FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN.
El artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación prevé que las cantidades en moneda nacional precisadas en dicho ordenamiento legal (entre ellas las relativas al monto de lasmultas), se actualizan en los meses de enero y julio de cada año; por ello, es necesario que las autoridades fiscalizadoras, al imponer multas a los contribuyentes por infracciones a la ley fiscal, especifiquen si las cantidades impuestas como sanción corresponden a las actualizadas en términos del precepto referido, así como la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y nosólo motivar cuál fue la conducta que ocasionó la imposición de la multa, pues así se salvaguardan las garantías de seguridad jurídica y defensa del contribuyente, porque las citadas actualizaciones generalmente son calculadas de conformidad con resoluciones misceláneas fiscales o anexos de éstas, por lo que sólo con la cita de estos datos, el particular afectado tendrá certidumbre respecto de si...
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